En la introducción que el profesor Elias Serra
Ráfols puso al •primer fascículo de las FONTES RERUM CANARIARUM, que apareció en 1933, y contiene la CRÓNICA DE LA
CONQUISTA DE LA ISLA DE GRAN CANARIA, que
se atribuye al alférez mayor Alonso Jaimes de Sotomayor, se
decía:
«Las FONTES RERUM
CANARIARUM han de ser una colección de textos narrativos o
documentales, de interés para el pasado de
las islas... en ellos nos limitamos a la reproducción del texto antiguo
objeto de cada fascículo y a un estudio del
mismo texto, de sus relaciones con
otros, de su aprovechamiento por nuestros historiadores pasados...»
Desde aquel primer cuaderno, que llenó menos de
cincuenta páginas, hasta el último, publicado en 1986, que tiene cerca de setecientas,
han pasado cincuenta y cuatro años, entre los cuales el INSTITUTO DE ESTUDIOS CANARIOS ha proseguido la labor
divulgadora de la historia de las
islas.
El volumen que se presenta
ahora a la curiosidad de los estudiosos,
hace pues el número XXVIII de las FONTES.
Contiene lo que se reunió en el Libro V de las DATAS originales del Adelantado,
custodiado en el Archivo histórico del Ayuntamiento de San Cristóbal de La
Laguna, que fue entonces capital de la isla de Tenerife.
Datas
son las concesiones de tierras, aguas, etc., que se realizaron por orden del Adelantado Alonso Fernández de
Lugo, cuando se acabó la conquista de
Tenerife. Se conocen también como «repartimiento de Tenerife».
Antonio Ruméu de Armas, en LA CONQUISTA DE
TENERIFE, resumió el proceso del reparto, en estos términos:
«Otro de los
problemas que más urgía resolver para la colonización de la isla era el de los repartimientos de tierras. Al igual que los Reyes Católicos habían
agraciado al conquistador de Gran Canaria
Pedro de Vera, por cédula de 4 de febrero de 1480 con los oportunos poderes para
repartir esta isla, aún antes de que la conquista fuese finalizada, se imponía ahora tomar análoga medida, sin la cual todo progreso económico quedaba automáticamente suspenso... Descontentos los monarcas del
procedimiento y manera como se habían efectuado los repartimientos en Gran Canaria e informados de las
protestas que los mismos habían levantado, decidieron paliar estos riesgos con el respaldo de dos voluntades, en
lugar de una sola; de esta manera
habían resuelto nombrar «una persona que junto» con Alonso de Lugo «entendiese
en el repartimiento de las tierras,
casas y heredades». Sin embargo los Reyes Católicos quedaron de momento tan satisfechos
con el comportamiento de Lugo que decidieron darle
una prueba más de su leal confianza autorizándole a él solo sin intromisiones ajenas, a repartir la
isla. Esta real carta es del 5 de noviembre de 1496.»'
El historiador de Canarias, José de Viera y
Clavijo, señaló que el Adelantado delegó en otras personas:
«Para ellas se habían asociado
cuatro sujetos de la mayor integridad, a
quienes confirió sus poderes. Estos arbitros tasadores de las fortunas de sus
conciudadanos hicieron (si estamos al cómputo de Núñez de la Peña), nuevecientas noventa y dos donaciones.»2 […]
1 A. RUMÉU DE ARMAS.: «La conquista de Tenerife». Aula
de Cultura del
Cabildo de Tenerife, 1975. Página 370.
Cabildo de Tenerife, 1975. Página 370.
2 J. DE VIERA Y CLAVIJO: «Historia de Canarias». Libro IX, parag.0 30.
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