HISTORIAS
INMORALES COLONIALES EN CANARIAS (X)
Capitulo
VIII
“Quieren volar como los Ángeles y acaban revolcándose
como los cerdos,”
San Agustín de Hipona, mazighio y Doctor de la iglesia
católica.
Chaurero
n Eguerew *
Desde los primeros tiempos de la invasión del
Archipiélago Canario por las hordas de piratas esclavistas, mercenarios
y aventureros europeos, ciertos sectores del clero católico no fueron
ajenos a la sed de rapiña que animaba los espíritus “evangelizadores” de los
“sufridos y sacrificados” cristianos, supuestos benefactores de la humanidad.
Son prácticamente innumerables las tropelías cometidas
en esta colonia por determinados clérigos de la iglesia católica desde los comienzos
de la invasión, muchos de los cuales por su magnitud no pudieron ser ocultados
ni siquiera por los correligionarios de los autores, dando lugar en muchos
casos a quejas de los propios colonos ante las instituciones de la metrópolis,
dando lugar con ello a la creación de documentación que pone de manifiesto
ciertos “desarreglos” del sistema clerical, los cuales al no poder ser negados,
los historiadores oficiales y oficialistas amparándose en la doble moral que
les caracteriza han tratado de minimizar presentándolos como simples
“anécdotas” o tratando de justificarlos con el silogismo de “el signo de los
tiempos”, olvidando concientemente que los crímenes de lesa humanidad no
prescriben ni aún con el paso de los siglos.
En definitiva, la continua influencia eclesiástica de
la secta católica, legitimadora y misionera, fue un elemento esencial en el
desarrollo del señorío feudal, como después también en la invasión y conquista
conocida como realenga, y en el establecimiento de la ocupación castellana de
la nación canaria.
En este modesto trabajo y por razones de espacio vamos
a tratar solamente de unos pocos ejemplos de los muchos documentados en torno a
las actividades “desarregladas” de ciertos clérigos católicos durante los
primeros tiempos de la invasión y sometimiento de esta desdichada nación por
las huestes mercenarias castellanas.
La corona castellana decide unilateralmente invadir y
colonizar las islas del archipiélago que hasta aquellos momentos había
resistido los intentos de otros piratas y saqueadores, los candidatos ideales
para la operación fueron el Obispo católico de Rubicón, en Titoreygatra
(Lanzarote) Juan de Frías el Deán Bermúdez y el esclavizador masacrador
de pueblos Juan Rejón, este último como criado y representante de la corona
castellana, siendo el Obispo Frías el capitán ejecutivo de la invasión, según
recoge el cronista Alonso de Palencia (1423-1492) conjuntamente con el
Asistente de Sevilla Diego de Merlo, quienes fueron los comisionados reales
encargados de estipular el convenio con los mercenarios para organizar la
invasión castellana en gran Canaria. Según Palencia, el obispo Frías era:
“hombre imbécil y nada religioso, perverso, vanidoso y de vida irregular.”
Tal como expone Francisco Morales Padrón: “según se desprende
de una aclaración que el 20 de abril de 1478 que Palencia dio a petición de
Frías.
En ella el cronista transcribe y glosa la capitulación o concordia establecida, deduciéndose de su texto que los Reyes ordenaban enviar una armada para someter la isla de Gran Canaria, yendo como capitanes Juan de Frías, obispo del Rubicón, Juan Bermúdez, deán del Rubicón y Juan Rejón, criado de los Reyes.
Al obispo se le reservaba el monopolio de la orchilla canaria mientras durase la empresa con el fin de compensarle los gastos que aquella le ocasionara. La Corona se comprometía a contribuir con 20 lanzas de la Santa Hermandad , y exigía la construcción de una iglesia catedral y el poblamiento de la isla con cristianos, cuya seguridad se garantizaría fortaleciendo los puertos isleños, para lo cual se llevarían pertrechos y herramientas.
El obispo Frías tuvo que pedir dinero prestado para organizar la empresa, saliendo Bermúdez fiador. Los Reyes deseaban concretarse a las islas realengas, le hacen saber a Frías y a Rejón (R. P. 13-V-78) que no intervengan en Lanzarote, Fuerteventura y Gomera, islas dominadas por el colono Diego García de Herrera.
El 13 de mayo, se reconoció el acuerdo habido entre
Palencia y Frías, al que se denomina concordia o capitulación, y se indicaba
que había de ser confirmado y aprobado por los Reyes.”
La denominada conquista realenga comienza el 24 de junio 1478, con el desembarco en La Isleta en la Isla Tamarant (Gran Canaria) por los mercenarios al servicio de Castilla Juan de Frías, el Deán Bermúdez y Juan Rejón, tras un breve encuentro entre canarii y los invasores favorable a estos últimos, los castellanos fortifican en winiwuada un campamento al que denominan Real de Las Palmas o de Tres Palmas.
Después de este éxito inicial los invasores no
pudieron avanzar más allá del campamento debido a la tenaz y heroica
resistencia de los canarii, las largas jornadas de inactividad acabaron creando
graves problemas entre los invasores, suscitándose entre ellos divergencias y formándose
facciones que se enfrentaban entre sí por la posesión de la rapiña
especialmente por el reparto de los canari que conseguían apresar o los que de
buena fe se acercaban al campamento castellano los cuales eran inmediatamente
esclavizados.
En estas brutales acciones de los invasores se
distinguió sobremanera el obispo Frías quien sustituyendo la cruz por la espada
y la adarga cortó más cabezas de canarii que los mercenarios seglares.
El 9 de agosto de 1479 una columna de 500 soldados y
400 jinetes, al mando del obispo, el deán y Hernán Peraza (que había venido con
Frías y Rejón, como castigo impuesto por los reyes católicos por ciertos
crímenes cometidos) se dirigió sobre Tirajana, siendo la hueste castellana
derrotada y casi diezmada al iniciar el retorno.
Ante tan terrible derrota, Frías ordenó establecer un
segundo frente o campamento en Gáldar; tarea que le encomienda a Juan
Rejón, el cual fracasa en el intento al ser rechazado por los canarii.
Ante la imbatible resistencia de los canarii, los
invasores optan por aplicar la táctica de tierra quemada, así los capitanes de
la invasión ordenan a finales del verano de 1478, quemar las sementeras de
trigo, legumbre higuerales etc., primer antecedente del brutal proceso de
deforestación de la isla acentuado en los años siguientes con el uso
desmesurado que se hará de la madera en los ingenios azucareros.
La forzada inactividad de las huestes invasoras
consumían inútilmente los fondos económicos conseguidos por la corona
castellana al apropiarse del dinero generado por la indulgencia pontificia de
1472 mediante. La bula “Pastor aeternis” de Sixto IV, para la
evangelización del archipiélago, para con él financiar la invasión armada
y conquista de Tamaránt (Gran Canaria).
Ante el estancamiento de los planes de invasión y el
descalabro económico en que estaba sumida la corona castellana, la católica
decide encargar la operación a verdaderos expertos en someter a los pueblos, al
tiempo que crea conciertos económicos mercenarios con cargo a los futuros
beneficios del botín de guerra consistente en esclavos, ganados y las
tierras y aguas a usurpar a los canarii. Práctica que posteriormente
sería extrapolada a las islas Benahuare ( La Palma ) y Chinech (Tenerife).
Así las cosas, la católica decide destituir a Juan
Rejón como representante de la corona y nombra a Pedro Fernández de Algaba, el
cual sería posteriormente asesinado por Juan Rejón.
Ante el estancamiento de las operaciones de conquista
de la isla, la corona castellana encarga a Alonso de Palencia el
concertar a un capitán capaz de poner orden entre los invasores y acelerar el
sometimiento de los indómitos canarii, Palencia encontró el candidato ideal en
el mercenario jerezano de ascendencia judía Pedro de Vera, el cual fue nombrado
el 4 de febrero de 1480, como “segundo gobernador con su probisión real
mandando a el capitán Rejón y a los demás caballeros ventureros conquistadores,
capitanes, oficiales y gente de guerra que lo resibiesen por gobernador y
capitán general”. Y con facultad para hacer repartimientos de tierras y
aguas. Para cubrir los aspectos económicos de esta segunda invasión, Pedro de
Vera se concierta con el contador Alonso de Quintanilla y con Fernández
Cabrón se llegó a un acuerdo con fecha 24 de febrero para que ellos aportasen
los fondos necesarios, al igual que Vera, el cual facilitaría la misma
cantidad. A cambio, se le concedía en Tamarant (Gran Canaria,) y Chinech
(Tenerife) y otras islas por conquistar, y por diez años, el monopolio del
quinto de esclavos, cueros, sebos, armazón, piezas, rescates y otras ventajas,
que se confirmaron por la corona castellana el 6 de marzo de dicho año.
La Historia colonial de
Canarias es testigo de los horrendos crímenes cometidos contra el primigenio
pueblo canario por el funesto e inmisericorde Pedro de Vera el más
deshumanizado, masacrador de pueblos, esclavista y violador de niñas, engendro
vomitado por los infiernos y a quien para vergüenza y humillación de los
actuales canarios, sus herederos ideológicos -igual que a Juan Rejón- honran
dedicándole calles y plazas, al tiempo que se empeñan en hacernos comulgar con
ruedas de molinos tratando de presentarnos a estos desechos humanos como nobles
y piadosos caballeros revestidos de brillantes armaduras.
”Cuelan el mosquito y nos abruman mientras se tragan sus vigas, y lo que no son vigas pero que les gusta a rabiar. Ya vale de tanta jerarquía, terrorismo mental, prepotencia e hipocresía. Las ideas y prácticas religiosas son asuntos de conciencia y deben regresar al ámbito privado.” (Jean Pierre Dubarri)
El catolicismo implantado en la colonia no debió ser
muy ortodoxo y ejemplarizante a juzgar por las quejas que los propios colonos
con frecuencia dirigían a la metrópolis, en relación a las prácticas eclesiásticas.
Como ejemplo vamos a reproducir algunos de los múltiples documentos que recogen
el malestar de los invasores por el comportamiento “desarreglado” del clero
católico en esta colonia.
1521. Febrero, 26. Burgos. Orden a los gobernadores o jueces de residencia de Tenerife y
Gran Canaria, para que presten favor y ayuda al obispo de Canaria y a su
provisor. Estos han de castigar a fray Pedro de Lugo y a las otras personas
eclesiásticas que intervinieron en la ocupación del beneficio de San Salvador de
La Palma , sin
presentación del rey ni institución del prelado. Zapata. Santiago. Aguirre.
Cabrero. Qualla. Acuña. Texeda. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Febrero, 27. Burgos. Comisión al gobernador o Juez de residencia de Gran Cananaria
para que vaya a Tenerife y La
Palma a castigar a los legos que ayudaron a Fray Pedro de
Lugo. Este, clérigo profeso de la orden de San Francisco había cometido, a
juicio del visitador, numerosos delitos en las citadas islas y, entre ellos, el
de haber apuñalado a un genovés, por lo que fue detenido y encarcelado. Logró
salir de la cárcel con el pago de una fianza y, de Roma, trajo "bulas del
Santo Padre" en las que hacía merced del beneficio de la villa de San
Cristóbal -que por entonces poseía el chantre de Cádiz- a Andrés Carrillo,
familiar suyo. Pedro de Lugo tomó posesión del beneficio sin presentación real
y sin poderlo ejercer ya que era fraile profeso. En visita a la isla, el obispo
halló que lo había ocupado por fuerza y, por su mal vivir, ordenó que lo
suspendieran, imponiéndole graves penas. Nuevamente huyó a Roma, donde
estuvo seis años, regresando posteriormente a Tenerife y La Palma. A raíz de la
muerte del Licenciado Bartolomé López Tribaldos, maestrescuela de Canaria y
beneficiado de La Palma,
tomó posesión con gente armada del beneficio de San Salvador, expulsando
clérigos que estaban puestos en nombre de un romano y en virtud de una
expectativa del Santo Padre, sin presentación del Rey ni institución del
prelado. La comisión se da por plazo de 30 días, con un salario de 250 mrs. por
día, más 100 mrs. para el escribano, aparte de los derechos ordinarios que han
de pagar los culpables. Zapata. Santiago. Aguirre. Castilla. Acuña. Texeda.
Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Febrero, 27. Burgos. Comisión al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria
para que vaya a Tenerife y envíe un informe al Consejo, en relación a la
demanda del bachiller Pedro de Pavía, visitador del obispado de Canaria y
vicario de Tenerife. Este informó que la justicia insular prendió aun clérigo
"de corona y grados" acusado de ciertos delitos, pero que él, como
vicario, y tras constatar que era clérigo, expidió cartas de excomunión para
que le fuese entregado. Informó, además, que el Licenciado Cristóbal de Valcárcel,
vecino de Tenerife, que abogaba como juez seglar, presentó unos escritos que
consideró poco corteses, replicando el citado Licenciado que sabía mejor que él
lo que alegaba, "y que no fuese tan simple que le cayese en cuentas".
Además, cuando iba a decir misa y a predicar, le salieron al camino real dos
hermanos del Licenciado y un hombre con armas, que le insultaron llamándole
"judío". Por todo esto solicita se haga información y se castigue a
los culpables, sin proceder a condena de muerte, mutilación o derramamiento de
sangre. El gobernador o juez de residencia tendrá un salario de 250 mrs. por
día, más 100 mrs. para el escribano que le acompañe. Zapata. Santiago. Aguirre.
Qualla. Acuña. Texeda. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Octubre, 5. Burgos. Orden al gobernador o juez de residencia de la isla de
Canaria, para que no consienta a nadie mantener contrataciones con los moros de
Berbería. Se da a petición de don Hernando de Arce, obispo de Canaria, quien
informa que muchos seglares y eclesiásticos proveen a los moros de trigo,
cebada, armas y otras cosas vedadas y prohibidas por las leyes del reino.
Solicita castigo para los legos y apoyo del brazo seglar para que él y sus
jueces castiguen a los eclesiásticos. Archiepiscopus. Santiago. Qualla.
Guevara. Acuña. Tello. Luís Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1522. Noviembre, 15. Valladolid. Comisión al gobernador o juez de residencia de Tenerife y
La Palma para
que determinen, guardando las costumbres antiguas, en el asunto que plantea Pedro
de Lugo. Según éste, el Adelantado de Canaria había conquistado las citadas
islas hace, más o menos, 32 años y la primera construcción que se hizo fue la
iglesia parroquial de Nuestra Señora e la Concepción. En ella
fueron enterrados algunos conquistadores que mataron los guanches,
especialmente el capitán Pero Ramírez, veinticuatro de Sevilla, y Hernando de
Trujillo que fue teniente de Gran Canaria. La citada edificación fue declarada
iglesia parroquial por el obispo don Diego de Muros, en ella se administraban
los sacramentos y de ella salía anualmente la proce-sión del Corpus Christi.
Ahora, desde hace muy poco tiempo, algunas personas han edificado una ermita,
Nuestra Señora de los Remedios, y procuran que de ella salga la procesión del
Corpus. Esto ha planteado numerosas disputas y conflictos entre los vecinos,
obligando a mediar, en muchos de ellos, al vicario y al propio
Adelantado. El citado Pedro de Lugo, como clérigo parroquial, solicita que la
procesión salga de la parroquia y que no se administren sacramentos en la
ermita de Los Remedios. Arzobispo. Alonso de Castilla. Qualla. Beltrán.
Guevara. Acuña. Gallo. (E. Aznar et. Al. 1991)
1522. Enero, 30.
Orden al licenciado Rodrigo de Alfaro, juez ejecutor en la isla de Canaria,
para que despoje a Pedro de Lugo de los beneficios eclesiásticos que ha ocupado
sin presentación real. El bachiller Pedro de Pavía informó que tenía dicha
presentación para los beneficios simples servideros de San Salvador de Apurón,
de Puntallana, de San Andrés y de Santa María de Monserrat, en la isla de La Palma , que fueron
instituidos por el obispo de Canaria tras la muerte de Bartolomé López de
Tribaldos. Sin embargo, desde que quedaron vacantes, Pedro de Lugo, que se dice
hijo bastardo del Adelantado, y otras personas, entre las que se encuentra el
licenciado Cristóbal de Valcárcel, han ocupado los citados beneficios sin la
correspondiente presentación real, siendo favorecida esta actitud por el propio
Adelantado. Por ello, Pavía solicita ayuda a las justicias y el castigo de los
usurpadores. Qualla. Beltrán. Guevara. Acuña. Tello. Luis Ramírez. (E.Aznar et.
Al. 1991
1524 Septiembre 2. «S.C.C. Maga. El Consejo de Gran Canaria besamos las manos y pies
reales de V. M., a la cual entendemos suplicar por nuestro mensajero más
largarnente cosas convenientes a su servicio y al estado desta isla, y
entretanto nos parece que V. M. se debía informar que en los tiempos pasados
este obispado ha padecido en lo eclesiástico mala gobernación por algunos de
los prelados pasados, y después de la provisión del reverendo in Cristo, padre
don Luís Vaca, que nombró por su vicario al venerable don Martín Jiménez,
chantre desta iglesia, que asimismo vino provehido por inquisidor, avemos visto
en la jurisdicción obispal tanto recado e tan buenas ejecuciones de justicia,
que tenemos que Dios N. S. y V. M. han sido muy servidos porque ha avido muchos
castigos de hechizos en que estas islas estaban muy pervertidas en grandes y
diversas especies de hechicerías, donde intervenían hurtos del Santísimo
Sacrarnento y del Oleo Santo, y parte de las aras de todos los más altares
desta ciudad y otras abominaciones, y también se ha refrenado mucha resolución
de amancebados públicos y de malas contrataciones usurarias que en esta isla se
acostumbraban así de los clérigos de corona; muchos han sido hasta agora
castigados, antes favorecidos en los excesos que han querido cometer, y como
que de semejantes ejemplos y rectitud de buena justicia, así como se goza y
alegran los buenos y virtuosos, se entristecen e mormuran los injustos, algunas
personas a quienes ha tocado estas correcciones se han atrevido á buscar
calores para lo impedir, diciendo que el dicho chantre ha excedido en estos
casos usurpando la jurisdicción Real, porque estos castigos se han hecho por
las calles acostumbradas y por las prisiones de algunos destos delincuentes, y
en estos ha intervenido principalmente un personero desta isla y un canónigo,
Juan de Troya, comisario de la
Santa Cruzada , movidos por querer el dicho chantre
justamente ocurrir a muchas extorsiones injustas y cohechos que el dicho
comisario suele llevar y lleva de los vecinos destas islas, y porque después de
se lo haber amonestado familiarmente, le sacaron de su casa por mandado del
dicho chantre una manceba que había muchos años que tenía públicamente, en que
tenía muchos hijos, así como si por ley lo pudiera hacer y el dicho personero
porque se procedía contra él por conjuras, porque retenía a su marido una mujer
casada y porque podía ser que por la importunidad desto se inclinase a los
jueces de V. M., que están en esta isla y estorbase el buen celo e propósito
del dicho chantre, suplicamos a V. M. que mande que sea favorecido y ayudado en
manera que libremente pueda reformarse semejantes malas costumbres y Dios
Nuestro Señor y V. M. sean servidos. Prospere N. S. felizísimamente la Real persona que V. M. con
acrecentamiento de mayores estados. Fecho en la ciudad Real de Las Palmas que
es en la isla de Gran Canaria, a dos días de septiembre de 1524
años.-Licenciado, Hernando de Aguayro.-EI bachiller Pedro Góngora.-Pedro de
Peñalosa.-Juan de Escobedo.- Diego de Narváez.-Bernardino de Lezcano.- Antón de
Zerpa.-Juan de Aríñez, escribano mayor del Cabildo.
La lucha por los beneficios económicos que genera la
veneración de la imagen de la Candelaria en Chinech (Tenerife) motivó cruentos
enfrentamientos entre el clero regular y secular de la iglesia católica por la
posesión de la misma, hasta el punto que tuvo que intervenir la corona de la
metrópolis.
El rey pidió informes al gobernador colonial de
Tenerife; Antón Joven, teniente suyo, los dio muy favorables; y, en vista de
ellos, se expidió en Madrid la real cédula de 24 de diciembre de 1535,
confirmando la donación del Ayuntamiento hecha a la orden de predicadores y a sus
frailes. Pero el clero secular de la diócesis, que creía contraria al derecho
parroquial esta absoluta donación de un santuario donde había pila bautismal y
que era cada día más importante por las liberalidades del pueblo, se ofendió
tanto de ella, que el canónigo Pedro Samarinas, en 1539, puesto a la cabeza de
algunos que había acaudillado, se entró de repente en el convento y a mano
armada desalojó a los religiosos, que en la resistencia recibieron algunos
golpes.
Fácil es concebir las quejas amargas con que los
heridos y despojados recurrieron, no sólo al pie del Trono castellano-aragonés,
sino también a Roma. El emperador Carlos V, en 27 de agosto del mismo
año, les despachó su real cédula de restitución, que el papa Paulo III
corroboró por su bula de 26 de mayo de 1542, el octavo de su pontificado,
concebida en los términos más claros y honoríficos. Sin embargo, al año
siguiente, hallándose el obispo fray Alonso de Virués en la visita
general de la diócesis, se volvió todavía a despertar la controversia con los
frailes y, para cortarla de raíz, se creyó preciso plantificar entre ellos y el
ordinario un convenio perpetuo, por el cual el convento cedía la cueva de San
Blas al cura de aquel territorio de Güímar, y el ayuntamiento daba en equivalente
a los frailes la ermita del Rosario, que ellos renunciaron algún tiempo
después.
....De otro género, pero también de las que figuran fuera de auto, eran las causas que se seguían contra personas revestidas de carácter eclesiástico, y á los cuales se reprendía y castigaba, en general, secretamente.
Como éstas versaban, con pocas
excepciones, sobre atentados contra el pudor, y abuso en el ejercicio de sus tareas espirituales, no nos es posible entrar en pormenores, que sin embargo, podrán adivinar fácilmente nuestros lectores.
Más, para que nada de lo que
adelantamos en esta obra pueda quedar
sin comprobación, diremos, con relación á
esta época, y á esta clase de procesos, que
uno de los más notables fue el que se
siguió al padre fray Pedro de Hinojosa, del
convento de San Francisco de Las Palmas,
por “solicitaciones” en el
confesionario.
Dio principio la causa por denuncia del fiscal, con fecha 15 de Diciembre de 1579, quedando
recluso al día siguiente; oyéronse algunas
testigos, hijas de confesión del fraile,
entre las cuales las había solteras, casadas y viudas. En sus declaraciones no vacilaron todas en dirigir estupendas 'acusaciones al reo, que siempre calificó sus dichos de
odiosas calumnias de sus enemigos.
Por
las razones que antes hemos expuesto, nos
abstendremos de insertar aquellas declaraciones, ni aun los versos que constan en la causa, y que les dirigía al dar á algunas la absolución, concluyendo por decir, que estuvo siempre negativo, aunque á pesar de ello fuera condenado por el Santo oficio, á que, en presencia de los Prelados de las órdenes, de sus compañeros y de los curas de la parroquia, se leyese su sentencia. En ésta se mandaba, que fuese severamente reprendido,
que abjurase de levi, que se abstuviese de confesar hombres y mujeres; que
estuviese recluso tres años en un convento, privado
dicho tiempo de voto activo y pasivo y fuese el último del Coro y refectorio, y por último que se le diese disciplina en el
Capítulo de su convento, á presencia del
Guardián y de los frailes, sus hermanos. Consta de la causa que el 26 de Mayo de 1584 cumplió su reclusión en el convento de San Francisco de la
Laguna, pero no que
saliera en ningún auto de fe. (Millares Torres A.1981:37-39)
Febrero de 2010.
Fuentes consultadas:
Agustín Millares Torres
Historia de la Inquisición en
Canarias (3 tomos)
Editorial Benchomo.
Santa Cruz de Tenerife-Las
Palmas, 1981
Jean Pierre Dubarri
En: El Averno
Francisco Morales Padrón
"Canarias: Crónicas de su conquista"
Edición de El Museo Canario, con la colaboración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
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