CAPITULO XIX
Chaurero n Eguerew
INVASIÓN, SAQUEO Y OCUPACIÓN DE LA ISLA CHINECH (TENERIFE) XVI
Los Once Menceyes de Chinech (Tenerife) en los años de la invasión española. VIII
MENCEYATO DE ADEJE
Adexe. Tf. ant. Top. Demarcación socioterritorial en la banda sudoccidental de la Isla, hoy convertida en municipio, localizado a 28º 7' de latitud Norte y 16º 43' de longitud Oeste. Ú. m. Adeje. Expr. t. Adex, Adege. 2. GC. Pago entre Santa Lucía de Tirajana y Agüímes. Ú. m. Adeje. 3. Fv. Cortijo situado entre Tuineje y Pájara Ú. m. Adeje.
― *a-dɣeɣ, s. m. sing. de [D·Γ] ‘montaña, macizo montañoso’.
(Dr. Ignacio Reyes García, 2004)
Según la tamusni fue sede del Menceyato Universal de la Isla Chinech (Tenerife), también lo fue del penúltimo como veremos en el capitulo dedicado al Gran Ichasagua.
Los menceyatos estaban divididos en sectores, llamados achimenceyatos, a cuyo mando se hallaban los achimenceyes. A su vez, los achimenceyatos se dividían en tagoros o concejos y éstos, en auchones o familias civiles dirigidas por un chaurero.[1] El menceyato de Adeje estuvo dividido en cinco de estos achimenceyatos: Tamaimo, Isora, Taucho, Adeje y Chasna.
El menceyato de Adeje abarcó un territorio tan extenso que permite calificarlo como uno de los mayores de los nueve que integraron la isla. Por el Oeste se prolongaba hasta el macizo de Teño, frontera con el reino de Daute, incluyendo los actuales municipios de Guía de Isora y Santiago del Teide. Por el Norte ascendía hasta las Cañadas. Por el Sur, el mar, y por el naciente con el Río de Chasna. La ubicación de este último, confín con el reino de Abona.
TINERFE EL GRANDE. Héroe legendario igual que todos sus predecesores, tenía su corte en Adeje desde aproximadamente cien años antes de la invasión y ocupación de la isla por los mercenarios españoles. Tinerfe el Grande heredó el reino único de Chinech, llegando a ser el mencey más poderoso de la dinastía, aunque también el último: a su muerte, sus hijos se dividieron la isla en nueve menceyatos como queda dicho.
Algunos historiadores siguiendo la tamusni nos dicen que este fue el último mencey que ostentó el gobierno único de la isla en la época pre-colonial, celebre mencey que había mantenido unido todos los reinos de la isla de Tenerife bajo su mandato, insigne capitán y consumado político y heredero de su padre Sunta en la época de su reinado alcanzo Chinech gran prosperidad. Según Bethencourt Alfonso, hijo de Sunta gran guerrero e inventor del arma de su nombre y del perfeccionamiento de la esgrima, aleccionado por su padre Titañe quien tuvo que disputar su reinado a sus tíos, alecciono a su hijo Sunta, para que pudiera hacer frente a la posible deslealtad sus tíos. Efectivamente, a la muerte de Titañe los hermanos de este se hicieron proclamar menceyes por los gobiernos de su mando, pero Sunta actuando con rapidez previsora atacó a los rebeldes derrotándolos, con cuya acción consiguió que todos tíos lo reconocieran como único soberano de Chinech.
“Al rey se le denominaba mencey y guevehiera cuando hablaban con él.
Disponía el reparto de tierras destinadas a pastos, de acuerdo con el número de cabezas de ganado, así como de las reservadas al cultivo agrícola.
Consiguientemente, era potestad del mencey repartir estas posesiones entre sus subditos, a tenor del linaje y de las necesidades. Sin embargo, estas concesiones eran temporales y retornaban a ser propiedad del monarca tras el fallecimiento del concesionario.
El gobierno del territorio guanche se desarrollaba con un carácter hereditario bastante peculiar. Los hermanos del rey fallecido, según el orden de nacimiento, gozaban de prioridad sucesoria sobre los hijos del fallecido y éstos sólo tenían la oportunidad del nombramiento después de reinar sus tíos.” (Pedro de las Casas, 1997: 62)
El tabor era la unidad de los guerreros del achimenceyato. Cada uno de estos sectores disponía de un espacio destinado a la concentración de sus fuerzas. En Adeje existieron dos: uno llamado el Tabor, situado por encima del Pozo de la Reina, cerca de la Casa Fuerte y otro, llamado el Tabordo, entre Taucho e Ifonche, ubicado en el Topo Alto, por encima de la Boca del Paso.
PELINOR
Nombre atribuido por el poeta criollo Antonio de Viana al mencey que gobernaba el Menceyato de Adeje cuando la invasión española de quien fue aliado, su nombre guanche nos es desconocido ya que en los documentos coloniales sólo se cita el nombre que le fue impuesto por el rito católico don Diego de Adeje.
Una vez pactada las incumplidas por parte de los invasores paces de Los Realejos en 1496, Pelinor creyó estar a salvo de los desmanes de los invasores ya que él había contribuido a la invasión aliándose con los españoles. Poco tiempo tardó el ingenuo mencey en darse cuenta de error y del poco honor que daban los invasores a sus compromisos aunque estos hubiesen sido contraídos en nombre de su dios. Su menceyato fue uno de los primeros en ser victima de la insaciable sed de rapiña del mercenario esclavista Alonso de Lugo y su horda de mercenarios.
Tal como recoge Leopoldo de la Rosa Olivera: “Lo único que sí podemos asegurar es que más de una vez tuvo que sentirse arrepentido de la actitud que adoptó. Si las víctimas de la conducta de Lugo fueron en un principio las gentes de su bando, pronto don Diego sufriría en su propia carne su situación; pese a lo que pese, de vencido.
La antigua condición de jefe de un pequeño estado pastoril, con todos los peligros de las incursiones piráticas y de las envidias y luchas con los otros bandos, quedaría oscurecida con la sumisión a un conquistador sin escrúpulos y a sus desaprensivos compañeros.”
Según Arribas. “Fué Adeje no solo uno de tantos Menceyatos que se formaron con motivo de la rebelión que mermó a Tinerfe el grande su poder omnímodo sino el centro mismo de éste. Quedó el gran Tinerfe reducido á este menceyato, pues su cuarto hijo Albitocazpeyel fué el único que no se rebeló, por lo que heredó pacíficamente el territorio; sucedióle su hijo Pelinor, que bautizado se llamó Diego de Adeje, siendo su padrino Don Diego de Muros, obispo de Canarias, quien en 1497 había estado en Tenerife, en visita pastoral circunstancia que aprovechó para impartir personalmente el bautismo a un determinado número de guanches. Su mujer apadrinada por el dicho Obispo tomó el nombre de Catalina Murillo.
Tubo repartos de tierras y además se le concedió Don y el escudo de armas siguiente: “En campo de oro dos palmas verdes cruzadas con una corona encima, de oro; aliado derecho una R y al siniestro una D; en la parte media del escudo dos rejas abiertas por medio y en cada lado tres ovejas blancas por la parte de adentro y al pié dos lobos blancos con collares rojos”. 1.-
Hubieron los hijos siguientes:
Fernando Díaz (alias Alonso) Príncipe Moreque,[2] fue uno de los que confirieron poder para no ir á Berbería por ante Vallejo en 1512 folio 715; 2.- siguió un pleito contra el Adelantado sobre la pertenencia de 200 cabras, que se tranzó. Véase para saber de esta familia, un documento de la partición de bienes entre sus hijos, ante Antón Martín en Garachico el año 1533 en 15 de Septiembre, como así mismo el testimonio de 1541 ante el referido escribano.
Hija fue Isabel Díaz; María de Lugo, tomando el apellido de su padrino el Adelantado, 3.- á la que dotó; casó primero con Diego de Adeje[3] su tío y en segundas nupcias con Andrés de Llarena,4.- indígena de Güimar. Fueron hijos del D. Diego referido; Alonso Díaz Llarena. Márcos Díaz. Fernán Pérez. Diego Díaz. Juan de Regla que casó con Luisa Delgado. Isabel Pérez que casó con Juan Doramas e1 2º. -Hijos del segundo matrimonio ósea de Andres Llarena; Andrés de Llarena e1 2º, casó con Margarita González. María Diaz, casó con Juan Gaspar. 3er hijo fue Isabel Díaz y Pérez y fueron hijos; Juan Díaz. Estéban. Alonso, casó con María Trujillo. -Anna Roquesa, casada con Pedro Hernández. Ángela Gómez. Melchora Bonilla. Julián Gómez. Isabel Díaz, monja en Garachico. (C. Arribas y Sánchez, 1993: 131-2).
Fue por los españoles muy considerado y no por eso dejó de tener que ir á Berbería con sus parientes más cercanos, donde parece que murió. Con estas o similares palabras algunos autores pretenden imbuirnos de una supuesta afectividad de los invasores hacía don Diego de Adeje, empeñados en presentarnos la figura del “buen salvaje” en aquellos que no supieron ver a tiempo la verdadera cara del cristianismo, es lamentable que determinados canarios con cierta capacidad intelectual continúen empecinados en hacernos “comulgar con ruedas de molino”. De la documentación de la época se deduce que las relaciones entre sometedores y sometidos no fueron tan bucólicas como estos pretenden. Como ejemplo de lo dicho veamos uno de los documentos relativo a los ultrajes de que fue objeto don Diego de Adeje por parte el esclavista Alonso de Lugo, documento rescatado y publicado por Antonio Rumeu:
El rey don Diego de Adeje se queja del gobernador Alonso de Lugo, quien pone cortapisas a su libertad y le tiene ocupada la hacienda. Comisión al gobernador de Gran Canaria para que restablezca la justicia.
Segovia, 5 de junio de 1505.
Comisión al govemador o jues de residencia de la ysla de la Grand Canaria. De don Diego, rey que fue de Adex.
Doña Juana, por la gracia de Dios, etc. A ves el que es o fuere mi governador o corregidor o juez de residencia de la ysla de la Canaria, o a vuestro alcalde en el dicho oficio, salud e gracja. Sepades que don Diego, rey que fue de Adex, me fizo relación por su petición, que en el nuestro Consejo presentó, diziendo: que Alonso de Lugo, nuestro governador de las yslas de Tenerife e de La Palma, le tiene a él e a toda su hacienda por fuerça, non aviendo cabsa nin razón para ello, lo qual diz ques a cabsa que no venga a mi corte a se me quexar de las muchas ynjustigias e synrazones, de lo qual diz quél recibe mucho agravio e daño; e me suplicó e pidió por e merçed sobre ello le mandásemos proveer de remedio con justicia, mandándovos que le fiziésedes conplimiento de justigia, dexando salir a él e a sus parientes, con sus ganados e fazienda, a donde quesyese, pues que heran mis vasallos, por manera quél fuese libre e esento de las prysyones que asy le tenía, o como la mi merged fuese. Lo qual visto en el mi Consejo fue acordado que devíamos mandar dar esta mi carta en la dicha razón. E yo tóvelo por bien, e confiando de vos que soys tal persona que guardaréys mi servigio e el derecho de las partes, e bien e fiel e deligentemente faréys lo que por mí vos fuere encomendado e cometido es mi merçed de vos encomendar e cometer lo susodicho e por la presente vos lo encomiendo e cometo: por que vos mando que luego veades lo susodicho, llamadas e oydas las partes a quien atañe, syn estrépitu nin figura de juizio, salvo solamente la verdad savida, libredes e determinedes çerca de lo susodicho lo que falláredes por justigia, por vuestra sentengia o sentengias, asy ynterlocutorias come definitibas. La qual o las quales, e el mandamiento o mandamientos que en la dicha razón diéredes e pronungiáredes, llevedes e fagades llevar a pura e devida execugión con efecto quánto e cómo con fuero e con derecho devades; e mando a las partes a quien lo susodicho atañe, e a otras qualesquier personas que entendiéredes ser ynformado e saber la verdad cerca de lo susodicho, que vengan e parezcan e se presenten ante vos, a vuestros llamamientos e enplazamientos, e so las penas que vos de nuestra parte les pusyéredes e mandáredes poner, que yo por la presente las pongo e he por puestas. Para lo qual todo que dicho es por esta mi carta vos doy poder conplido, con todas sus ynçidengias e dependencias, anexidades e conexidades. E los unos nin los otros non fagades ende al, etc. Dada en Segovia, a çinco días del mes de junio de mili e quinientos e çinco años.=Joanes, episcopus cordobensys. = Liçengiatus Zapata. =Fernandus Tello. Liçengiatus de Caravaj al, = Liçençiatus de Santiago. = Yo Luis Peres de Medina, escrivano, etc. = Liçençiatus Polanco (rubricado)
(A. S.: Registro del Sello. Fol. 58. En: A. Rumeu de Armas, 1975:474-5)
“El Consejo real de Castilla, al fallar el juicio de residencia, varias veces aludido, condenó al conquistador a indemnizar con 40.000 maravedíes “a los hijos del rey de Adeje” (seguramente por muerte de don Diego), para mitigar las extorsiones padecidas.Carente de numerario el gobernador a la sazón, se hizo cargo del débito Bartolomé Benítez, su sobrino, aunque mediando las garantías oportunas.
El pertinente documento hipotecario aparece otorgado en El Realejo el 5 de octubre de 1508.” (A. Rumeu, 1975: 345)
En el descargo 38 de la residencia que Lope de Sosa le siguió a Lugo, el procurador de éste dice. «no enpece al dicho señor Adelantado lo que algunos testigos quisieron decir que avía tomado ciertas cabras al Rey de Adexe, porque sobre lo susodicho hay proceso en residencia e por el paresce lo contrario e como el dicho llamado Rey de Adexe se enbarcó sus cabras e se aprovechó dellas e hizo dellas lo que quiso». Aunque no conocemos tal proceso, seguramente a lo resuelto en el mismo se refiere la condena del Adelantado a pagar a los hijos del rey de Adexe, ya fallecido, 40 000 maravedís”
Don Diego debió morir en el verano o a comienzos del otoño del 1505, pues en el acta del Cabildo de 17 de noviembre de tal año los regidores se quejan de la actitud de los “herederos del Rey de Adexe”, porque incumplían ordenanza sobre la carne. (Leopoldo de la Rosa Olivera, 1979: 175 y sgtes)
Para concluir estas breves notas en torno al Mencey Pelinor o don Diego de Adeje, vamos a reproducir el testamento de su hijo don Diego, debemos tener en cuenta que el encabezamiento de este tipo de documentos se hacía mediante un formulario fijo que usaban los escribanos de la época, con ligeras variantes en cuanto a las mandas pías.
Sepan quantos esta carta de testamento e mandas e postrimera voluntad vieren como yo Diego Dias, guanche, natural de la isla de Tenerife, otorgo e conosco que fago e hordeno este mi testamento e mandas e postrimera voluntad al servicio de Dios e paz e tranquilidad de mis herederos, creyendo como creo firmemente en la Santysima Trenidad, Padre e Fijo e Espíritu santo, que sea tres persvnas e Un solo Dios verdadero, que bive e reyna por sienpre sin fin, encomendándome a Nuestra Señora Santa María, madre de Nuestro Señor, virgen antes del parto, en el parto e después del parto y a toda la corte de los San-
tos e Santas.
Primeramente mando mi anima a Nuestro Señor, que la conpró e redimió por su presciosa sangre y el cüerpo a !a tierra de fue formado e mando que si a Dios pluguiere de me llevar desta vida presente que mis osequias se digan en la Yglesia de Nuestra Señora de la Concebición e me digan una misa de requiem cantada, ofrendada de pan e vino e cera y ocho misas rezadas a cunplimiento de novenación ofrendadas.
Mando a la Santa Cruzada diez maravedis e a la redención de catyvos diez maravedís e a Nuestra Señora de la Merced diez maravedís e para la obra de Nuestra Señora de la Concebición un real para su obra.
Mando que paguen a Fernand López, cuñado que fue de mi hermano don Pedro, dobla e media que yo le devo.
Yten que paguen a Ruy Blas una dobla que le devo.
Mando que paguen e den de limosna a Nuestra Señora Candelaria una dobla.
Mando que paguen a Alonso de Jaén quatro doblas poco más o menos que se an de pagar a San Juan primero que viene en el año de veynte.
A Juan Mendes siete reales que le devo.
E mando que paguen todo lo que mas paresciere que yo deva.
Mande que cobren de Gaspar Fernandes un cahís de tierra que me es obligado a dar en el pago del Peñol, porque dizen que me pertenescia por escriptura de obligación y repartimiento.
Mando que cobren de Francisco Ximenes la guarda de quinze meses que le guardé veynte e una cabrillas que se montaron.
Yten mando que cobren todo lo otro que me fuere devido.
Yten mando que paguen a Martín Núñez treynta cabras de prencipal, con la renta de tres años, que son a real cada cabra, el qual arrendamiento conmencó a correr dende San Juan de junio que paso deste año de quinientos e diez e nueve en adelante.
Yten mando que paguen dozientas e veinte cabrillas a María, mi sobrina, hija de Fernando Dias, desta navidad primera que viene en un año, lo qual tenía a cargo como tutor.
Yten digo que yo soy tutor de mis sobrinos hijos de mi hermano don Pedro e digo que arrendé a Pedro Delgado y Alonso Sanches noventa y siete cabras,.de lo qual ay contrato ante Segundo Piamontes, escribano del Realejo, mando que aquel arrendamiento se guarde. Mas arrendé quarenta cabrillas a Alonso Dias, mi primo, de los dichos menores, de lo qual ay contrato ante dicho escribano, mando se guarde el arrendamiento.
Mas arrendé quarenta cabrillas de mi sobrino Marcos a Pedro de Vargas, hay contrato que paso ante Pedro Angel, Escribano de Adeje.
Yten arrendé a Francisco Tacoronte, mi suegro, de los dichos menores, quinze borregas. No ay contrato, remítolo a su juramento lo que pasó acerca dello e aquello que declarare cunpla e pague.
Yten arrendé a Juan Castellano e Francisco López sesenta cabrillas de los dichos menores. Ay contrato ante Alonso de Llerena, escribano publico Mando que se cunpla el contrato.
Otras cabras que sobraron y ovejas de los dichos menores e asnos quedan y están en su poder e de su madre María de Lugo, mujer de Andrés de Guídmad e mas un buey.
Mando más a Nuestra Señora la Candelaria para su obra media dobla, porque lo susodicho que le mando dar se lo devo.
Mando al monesterio del Espíritu Santo media dobla.
Mando a todas las otras yglesias, monesterios, espitales desta ysla cinco maravedis para sus obras
Mando que me digan en el monesterio de San Francisco dos treyntanarios abiertos e se pague lo acostumbrado.
Mando que paguen al canónigo Diego de Herrera, por mi hermano Fernando Dias, dos doblas que se le deven.
Mando que paguen a mi sobrina Isabel cierto resto de cabrillas que le devo, de que tiene noticia María de Lugo, muger de Andrés de Guidma, la qual lo declare e aquello se resciba en dinero, porque no tengo cabrillas de que cunplir, rescibiéndose en quenta seis doblas y media que tengo pagado por mi hermano Fernando (padre de la susodicha al (-testado-), su tío [de] la susodicha, mi hermano y ase poner a la cuenta de la menor Isabel.
Mando que se cunpla e pague a mi mujer Luysa de Vera todas las cabrillas e tierras e otras cosas que recibí con ella en dote e casamiento, con todo lo que le pertenece de la mitad de lo multiplicado desde que nos casamos hasta oy e oviere hasta que a Dios plega de me llevar desta presente vida y todos los bienes remanentes, así muebles como rayzes y derechos e aciones los hereden mis fijos e fijos de Luysa de Vera, mi legítima muger, Perico y Juanico e Hernandico, todos tres por iguales partes, tanto el uno como el otro.
Mando que sea tutora de mis hijos la dicha mi muger mientras no se casare y si se casare que lo sea mi primo Juan Delgado e Marcos, mi sobrino y de los otros menores cuyo tutor yo so, la Justicia les dé su tutor.
Mando que sean mis albaceas e testamentarios deste mi testamento e mandas e postrimera valuntad la dicha mi muger Luisa de Vera e Francisco Tacoronte, mi suegro e Martín Núñeze, a los quales e a cada uno dello concedo poder bastante para que de todos mis bienes, asi en rayzes como en muebles, los quales vendan e rematen e dellos de su valor cunplan este mi testamento e mandas e postrimera voluntad e revoco todos los otros testamentos e mandas e postrimera voluntad e cobdecillos que yo aya fecho, en publico o en secreto, para que no tengan tuerca ni vigor, sino este que valga por mi cobdecillo e su no en aquella mejor manera que de derecho haya lugar.Hallare por mi cobdecillo valga por mi postrimera voluntad y en aquella mejor manera que de derecho aya logar.
E porque esto sea cierto e firme e no venga en duda, otorgué esta carta ante escribano e testigos de yuso escripto, la qual rogué a los presentes firmasen por mi, porque yo no se escribir.
Fecha la carta en la villa de San Christóval, en el escritorio de Antón de Vallejo, escribano público e del Concejo de la ysla de Tenerife, en veynte días del mes de agosto año del nascimiento de Nuestro Señor Ihesucristo de mil1 e quinientos e diez e nueve años.
Testigos que fueron presentes a lo que dicho es Luis Alvares, Juan de la Mar, Gerónimo Joven, Juan Ruvio e Juan Luis e Pero Luis y Diego Alvares e Diego Cionzales e Alonso de Carmona e otros muchos vecinos estantes en la dicha Ysla.
Por testigo, Juan de la Mar - Alonso de Carmona - Por testigo Gerónimo Joven - Juan Hernández. (AHP, leg. 9, fols. 860 r. y sigs.)
NOTAS:
1.- Las Datas que obtuvo Don Diego de Adeje fueron las siguientes:
Don Diego de Adexe. “Otorgamos y conocemos Jirónimo de Valdés y Gyllén Castellano y Francisco d Espinosa y Andrés Suares Gallinato, todos cuatro a mancomún a bos de uno, cada uno el todo, q. damos y prometemos a vos don Diego, natural de Tenerife, q. fuestes Rey d Adexe en la isla de Tenerife, de daros 30 f. de ta. con su agua ellas, y si por la ventura desta alguna ta. en algún tiempo desta alguna ta. se quitare, q. no sea ninguna parte de la del dho. don Diego; y estas dhas. 30 f. son en la ta. y agua del río de Chasna, q. es en el Reino d Adés, adonde se parten los caminos con Abona; y para la seguridad desto firmamos aquí nuestros nonbres; ay condición en dar las dhas. 30 f. q. a de aver al dho. don Diego q. a de aver en la dha. ta. y en sus hanegas y agua para regalías, y si más huviere de aver al respeto, y si más no a de aver más de las dhas. 30 f.; fecho a xi de julio de mil y quinientos y cuatro años». [Signaturas autógrafas. A la vuelta dice]: «Q. digo q. confirmo todo lo desta otra parte contenido a vos don Diego por cuanto sois de acuerdo de aver cada uno lo q. le cupiere; así q. he por bien q. se vos den todo como está acordada por todos los sobredichos, lo qual mando al escribano q. lo asiente en el registro; fechos a xi de marco de M d v años. El Adelantado”. ll-VII-1504 y 11-111-1505. (En: Elías Serra Rafols, 1978: 172)
Don Diego Rey. “Yo don Alonso Fernandes de Lugo, Adelantado de Canaria e Governador de Tenerife e de San Miguel de La Palma, doy a vos Don Diego, Rey q. érades de Adexe, un barranco q. se llama Masca con todas sus tas.y aguas para vuestros ganados e para q. fagáis vuestras heredades salvado 3 f. q. di a Pedro Talabera, y lo demás de estas 3 f. vos do y vos fago merced dello e más os do 100 f. de sembradura de s. q. es en Taxo abajo Arjo, y por ésta os do para vos y para vuestros herederos e supsecores y al escriuano mando q. lo siente en el registro. Fecha a v días de otubre de M diij años. Q. mando q. se vos asiente si no es dado. El Adelantado”. (En: Elías Serra Rafols, 1978: 172)
2.- Los invasores conquistadores europeos, Canariis y nobles guanches, fueron requeridos con los villanos por Alonso de Lugo á alistarse para ir de expedición á Berbería, bajo el temor de sublevarse por el descontento general que existía, además por el reparto de tierras, viéndose algunos nobles de la isla en la precisión de ir; más otros elevaron queja ante la corte castellana diciendo, que al pactar la paz, no podían hacerlos salir de la isla, darles tierras y que serían libres en todo y por todo y esto no se cumplió, ni respetó por 1o que concedieron un poder para ante la Corte, ante el escribano Antón Vallexo en 1512, Fo. 715, firmado por los siguientes guanches; Pedro Guanchefira, Diego Ibaute Diego Guañameñe, Alonso Diego ex-mencey de Adeje, Gaspar Hernandez ex-mencey de Abona, Ximon de Guimar, Juan Soria, Alonso de Soria, Hernando de Ibaute hermano de Diego, Francisco Tacoronte hijo del ex-mencey de Tacoronte, Juan Alonso, Pedro Sebastián, Alonso Guil1én, Antonio Hernández hijo del ex-mencey de Tacoronte, Sebastián Imoba abuelo de Agustín Rs, Juan de Guimar, Juan Texena, Francisco Pedro Constantín, Pedro Asano, Diego Andrés Hernández, Diego Guidama, Andrés Guidama y Fernando.
3.- Tal como nos narran los hechos los cronistas, trasmiten la impresión de que el jefe de los invasores Alonso de Lugo albergó algunos sentimientos fraternales hacía la familia de don Diego de Adeje llegando incluso a apadrinar cristianamente a la hija del mencey, que sería llamada María de Lugo, dotándola además con unas tierras en Tijoco, actitud que chocaba frontalmente con el consabido desprecio que siempre mostró el invasor por el pueblo sometido. La verdad es que un invasor sobrino político de Alonso de Lugo violó tanto a la mujer del mencey don diego como a su hija, ante las quejas de don Diego de Adeje y contando este con la protección de la corona al ser de los bandos de paces, al Adelantado no le quedó más remedio que tratar de poner remedio a la felonía de su sobrino para evitar que el escándalo llegase a conocimiento del Consejo de Castilla lo que probablemente, le hubiese costado la gobernación de las islas Benahuare y Chinech, por ello trató de contentar a los ultrajados preemitiéndoles el uso de una fracción de las tierras que les había usurpado, método habitual en Lugo para pagar sus deudas, compromisos y favores.
Cuando en abril del 1506 el Licenciado Juan Ortiz de Zárate, con el título de reformador de los repartimientos de las islas de Gran Canaria, La Palma y Tenerife, recibió declaración a diversos testigos en la villa capital de esta última isla sobre extremos, en tantos casos, que nada tenían que ver con su misión, por suerte para la curiosa posteridad, el regidor Lope Fernández,[4] de cuya amistad con el Adelantado no puede dudarse, dijo, entre otras cosas, que “Gerónimo de Valdés forçó una fija del rey de Adexe e a otra e otras dos, por la qual dixo el dicho Gerónimo de Valdés que se iba a Berbería, porque este testigo estaba allá a la saçón”, y por ello lo supo, y Francisco de Albornoz afirmó que “Gerónimo de Valdés, sobrino que se dice del Adelantado, que forçó a una moça guanche, fija de1 rey de Adexe e que oyó dezir que sobre esto el Adelantado lo avía desterrado a Berberías”.
Tres años después, en marzo de 1509, en el juicio de residencia que se siguió a Fernández de Lugo, en uno de los capítulos del memorial de descargos del Adelantado, éste dice, al responder a acusación de Alonso Sánchez de Morales, “Menos enpece al dicho mi parte lo que el dicho Alonso Sánchez quiso decir de lo de la Reyna de Adexe, que se avía venido a auexar su marido de Gerónimo de Valdés, seyendo theniente la avía tomado por fuerca e lo avía thenido preso dos días e lo avía suelto... porque el dho Adelantado, siendo theniente el dicho Gerónimo de Valdés por esto se podía abstener de le castigar, no enbargante esto, le quitó la vara e lo tuvo preso, por sólo el dicho de la gente e que aunque esto no se provó lo desterró a Tagaoz, donde estuvo más de ocho meses”.
4.- Andrés de Güímar, que cautivado fue esclavo del regidor Fernando de Llerena, con cuyo apellido fue también conocido. Ahorrado gracias la herencia que para tal fin le dejó una tía suya, parece ser que Alonso de Lugo volvió a esclavizarlo, por lo que, al tomar Lope de Sosa la residencia al Adelantado, Andrés se querelló en su contra y Lugo fue condenado al pago de 50.000 maravedís, en que se había tasado “el rescate e premio e todo lo demás que diz que perdiste en ganar”. Don Alonso apeló de la sentencia y una Cédula de emplazamiento a Andrés de Güímar, de 9 de diciembre de 1508, para que se personase en la apelación nos permite conocer el resultado de la sentencia lo. Como es sabido, este guanche se casó con una hija de don Diego de Adje, María de Lugo, viuda de don Pedro de Adeje, su tío, siguió manteniendo buenas relaciones con su antiguo dueño, Fernando de Llerena, pero continuaría defendiéndose del Adelantado y defendiendo a los de sus raza y, para evitar las represalias de Lugo, hubo de solicitar y obtuvo una carta de seguro en el 1515.
[1] En el actual municipio de La Guancha se conserva el topónimo Barranco del Chaurero, dicho topónimo fue adoptado como apellido, estando documentado en Tenerife hasta 1877, mediante el acta matrimonial de Baldomero Isidro Oramas, que casó dos veces. El primer matrimonio fue en Realejo en 1877 con María Dolores Herminia González Chaurero y Vasconcelos, hija de Cristóbal González Chaurero y María Vasconcelos. De este matrimonio tuvo a Santiago, Herminia, Vicente (embarcados para Cuba). Este apellido guanche está actualmente ampliamente difundido en América, especialmente en la Republica Bolivariana de Venezuela.
[2] En la actualidad un complejo hotelero de Costa Adeje lleva el nombre guache de este Príncipe.
[3] D. Pedro de Adeje, este infante en el mes de noviembre de 1502 por fútiles cuestiones, cuando fue puesto en libertad, con el beneplácito de los regidores, para que contribuyera a reducir a los guanches alzados, teniendo en cuenta su experiencia y conocimiento de la comarca de Adeje (“el qual sabe la tierra del reyno de Adexe, do andan los alçados...”).
[4] Recordemos que Lope Fernández de la Guerra, fue uno de los inversores de la invasión, vendiendo para ello su hacienda de Tamarant, siendo recompensado con las tierras del actual Valle de Guerra.
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