sábado, 24 de noviembre de 2012

LOS “DESARREGLOS” DEL CLERO CATÓLICO



HISTORIAS INMORALES COLONIALES EN CANARIAS (X)
 
Capitulo VIII
 
 

 
“Quieren volar como los Ángeles y acaban revolcándose como los cerdos,”
San Agustín de Hipona, mazighio y Doctor de la iglesia católica. 

 
Chaurero n Eguerew *  
 
 
Desde los primeros tiempos de la invasión del Archipiélago Canario por las hordas de  piratas esclavistas, mercenarios  y aventureros europeos, ciertos sectores del clero católico no fueron ajenos a la sed de rapiña que animaba los espíritus “evangelizadores” de los “sufridos y sacrificados” cristianos, supuestos benefactores de la humanidad.
 
Son prácticamente innumerables las tropelías cometidas en esta colonia por determinados clérigos de la iglesia católica desde los comienzos de la invasión, muchos de los cuales por su magnitud no pudieron ser ocultados ni siquiera por los correligionarios de los autores, dando lugar en muchos casos a quejas de los propios colonos ante las instituciones de la metrópolis, dando lugar con ello a la creación de documentación que pone de manifiesto ciertos “desarreglos” del sistema clerical, los cuales al no poder ser negados, los historiadores oficiales y oficialistas amparándose en la doble moral que les caracteriza han tratado de minimizar presentándolos como simples “anécdotas” o tratando de justificarlos con el silogismo de “el signo de los tiempos”, olvidando concientemente que los crímenes de lesa humanidad no prescriben ni aún con el paso de los siglos.
 
En definitiva, la continua influencia eclesiástica de la secta católica, legitimadora y misionera, fue un elemento esencial en el desarrollo del señorío feudal, como después también en la invasión y conquista conocida como realenga, y en el establecimiento de la ocupación castellana de la nación canaria.
 
En este modesto trabajo y por razones de espacio vamos a tratar solamente de unos pocos ejemplos de los muchos documentados en torno a las actividades “desarregladas” de ciertos clérigos católicos durante los primeros tiempos de la invasión y sometimiento de esta desdichada nación por las huestes mercenarias castellanas.
 
La corona castellana decide unilateralmente invadir y colonizar las islas del archipiélago que hasta aquellos momentos había resistido los intentos de otros piratas y saqueadores, los candidatos ideales para la operación fueron el Obispo católico de Rubicón, en Titoreygatra (Lanzarote) Juan de Frías el Deán Bermúdez y el esclavizador  masacrador de pueblos Juan Rejón, este último como criado y representante de la corona castellana, siendo el Obispo Frías el capitán ejecutivo de la invasión, según recoge el cronista Alonso de Palencia (1423-1492) conjuntamente con el Asistente de Sevilla Diego de Merlo, quienes fueron los comisionados reales encargados de estipular el convenio con los mercenarios para organizar la invasión castellana en gran Canaria. Según Palencia, el obispo Frías era: “hombre imbécil y nada religioso, perverso, vanidoso y de vida irregular.”
 
Tal como expone Francisco Morales Padrón: “según se desprende de una aclaración que el 20 de abril de 1478 que Palencia dio a petición de Frías.

En ella el cronista transcribe y glosa la capitulación o concordia establecida, deduciéndose  de su texto que los Reyes ordenaban enviar una armada para someter la isla de Gran Canaria, yendo como capitanes Juan de Frías, obispo del Rubicón, Juan Bermúdez, deán del Rubicón y Juan Rejón, criado de los Reyes.

Al obispo se le reservaba el monopolio de la orchilla canaria mientras durase la empresa con el fin de compensarle los gastos que aquella le ocasionara. La Corona se comprometía a contribuir con 20 lanzas de la Santa Hermandad , y exigía la construcción  de una iglesia catedral y el poblamiento de la isla con cristianos, cuya seguridad se garantizaría fortaleciendo  los puertos isleños, para lo cual se llevarían pertrechos y herramientas.

El obispo Frías tuvo que pedir dinero prestado para organizar la empresa, saliendo Bermúdez fiador. Los Reyes deseaban concretarse a las islas realengas, le hacen saber a Frías y a Rejón (R. P. 13-V-78) que no intervengan en Lanzarote, Fuerteventura y Gomera, islas dominadas por el colono Diego García de Herrera.  
 
El 13 de mayo, se reconoció el acuerdo habido entre Palencia y Frías, al que se denomina concordia o capitulación, y se indicaba que había de ser confirmado y aprobado por los Reyes.”

La denominada conquista realenga comienza el 24 de junio 1478, con el desembarco en La Isleta en la Isla Tamarant (Gran Canaria) por los mercenarios  al servicio de Castilla Juan de Frías, el Deán Bermúdez y Juan Rejón, tras un breve encuentro entre canarii y los invasores favorable a estos últimos, los castellanos fortifican en winiwuada un campamento al que denominan Real de Las Palmas o de Tres Palmas.
 
Después de este éxito inicial los invasores no pudieron avanzar más allá del campamento debido a la tenaz y heroica resistencia de los canarii, las largas jornadas de inactividad acabaron creando graves problemas entre los invasores, suscitándose entre ellos divergencias y formándose facciones que se enfrentaban entre sí por la posesión de la rapiña especialmente por el reparto de los canari que conseguían apresar o los que de buena fe se acercaban al campamento castellano los cuales eran inmediatamente esclavizados.
 
En estas brutales acciones de los invasores se distinguió sobremanera el obispo Frías quien sustituyendo la cruz por la espada y la adarga cortó más cabezas de canarii que los mercenarios seglares.
 
El 9 de agosto de 1479 una columna de 500 soldados y 400 jinetes, al mando del obispo, el deán y Hernán Peraza (que había venido con Frías y Rejón, como castigo impuesto por los reyes católicos por ciertos crímenes cometidos) se dirigió sobre Tirajana, siendo la hueste castellana derrotada y casi diezmada al iniciar el retorno.
 
Ante tan terrible derrota, Frías ordenó establecer un segundo frente o campamento en Gáldar; tarea que  le encomienda a Juan Rejón, el cual fracasa en el intento al ser rechazado por los canarii.
 
Ante la imbatible resistencia de los canarii, los invasores optan por aplicar la táctica de tierra quemada, así los capitanes de la invasión ordenan a finales del verano de 1478, quemar las sementeras de trigo, legumbre higuerales etc., primer antecedente del  brutal proceso de deforestación de la isla acentuado en los  años siguientes con el uso desmesurado que se hará de la madera en los ingenios azucareros.
 
La forzada inactividad de las huestes invasoras consumían inútilmente los fondos económicos conseguidos por la corona castellana al apropiarse del dinero generado por la indulgencia pontificia de 1472 mediante. La bula “Pastor aeternis” de Sixto IV, para la evangelización del archipiélago, para con él financiar  la invasión armada y conquista de Tamaránt (Gran Canaria).
 
Ante el estancamiento de los planes de invasión y el descalabro económico en que estaba sumida la corona castellana, la católica decide encargar la operación a verdaderos expertos en someter a los pueblos, al tiempo que crea conciertos económicos  mercenarios con cargo a los futuros beneficios del botín de guerra consistente en esclavos, ganados y las  tierras y aguas a usurpar a los canarii. Práctica que posteriormente sería extrapolada a las islas Benahuare ( La Palma ) y Chinech (Tenerife).
 
Así las cosas, la católica decide destituir a Juan Rejón como representante de la corona y nombra a Pedro Fernández de Algaba, el cual sería posteriormente asesinado por Juan Rejón.
 
Ante el estancamiento de las operaciones de conquista de la isla, la corona castellana encarga a Alonso de Palencia  el concertar a un capitán capaz de poner orden entre los invasores y acelerar el sometimiento de los indómitos canarii, Palencia encontró el candidato ideal en el mercenario jerezano de ascendencia judía Pedro de Vera, el cual fue nombrado el 4 de febrero de 1480, como “segundo gobernador con su probisión real mandando a el capitán Rejón y a los demás caballeros ventureros conquistadores, capitanes, oficiales y gente de guerra que lo resibiesen por gobernador y capitán general”. Y con facultad para  hacer repartimientos de tierras y aguas. Para cubrir los aspectos económicos de esta segunda invasión, Pedro de Vera se concierta con el contador Alonso de Quintanilla y con  Fernández Cabrón se llegó a un acuerdo con fecha 24 de febrero para que ellos aportasen los fondos necesarios, al igual que Vera, el cual facilitaría la misma cantidad. A cambio, se le concedía en Tamarant (Gran Canaria,) y Chinech (Tenerife) y otras islas por conquistar, y por diez años, el monopolio del quinto de esclavos, cueros, sebos, armazón, piezas, rescates y otras ventajas, que se confirmaron por la corona castellana el 6 de marzo de dicho año.
 
La Historia colonial de Canarias es testigo de los horrendos crímenes cometidos contra el primigenio pueblo canario por el funesto e inmisericorde Pedro de Vera el más deshumanizado, masacrador de pueblos, esclavista y violador de niñas, engendro vomitado por los infiernos y a quien para vergüenza y humillación de los actuales canarios, sus herederos ideológicos -igual que a Juan Rejón- honran dedicándole calles y plazas, al tiempo que se empeñan en hacernos comulgar con ruedas de molinos tratando de presentarnos a estos desechos humanos como nobles y piadosos caballeros revestidos de brillantes armaduras.

”Cuelan el mosquito y nos abruman mientras se tragan sus vigas, y lo que no son vigas pero que les gusta a rabiar. Ya vale de tanta jerarquía, terrorismo mental, prepotencia e hipocresía. Las ideas y prácticas religiosas son asuntos de conciencia y deben regresar al ámbito privado.” (
Jean Pierre Dubarri)
 
El catolicismo implantado en la colonia no debió ser muy ortodoxo y ejemplarizante a juzgar por las quejas que los propios colonos con frecuencia dirigían a la metrópolis, en relación a las prácticas eclesiásticas. Como ejemplo vamos a reproducir algunos de los múltiples documentos que recogen el malestar de los invasores por el comportamiento “desarreglado” del clero católico en esta colonia.
 
1521. Febrero, 26. Burgos. Orden a los gobernadores o jueces de residencia de Tenerife y Gran Canaria, para que presten favor y ayuda al obispo de Canaria y a su provisor. Estos han de castigar a fray Pedro de Lugo y a las otras personas eclesiásticas que intervinieron en la ocupación del beneficio de San Salvador de La Palma , sin presentación del rey ni institución del prelado. Zapata. Santiago. Aguirre. Cabrero. Qualla. Acuña. Texeda. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
 
1521. Febrero, 27. Burgos. Comisión al gobernador o Juez de residencia de Gran Cananaria para que vaya a Tenerife y La Palma a castigar a los legos que ayudaron a Fray Pedro de Lugo. Este, clérigo profeso de la orden de San Francisco había cometido, a juicio del visitador, numerosos delitos en las citadas islas y, entre ellos, el de haber apuñalado a un genovés, por lo que fue detenido y encarcelado. Logró salir de la cárcel con el pago de una fianza y, de Roma, trajo "bulas del Santo Padre" en las que hacía merced del beneficio de la villa de San Cristóbal -que por entonces poseía el chantre de Cádiz- a Andrés Carrillo, familiar suyo. Pedro de Lugo tomó posesión del beneficio sin presentación real y sin poderlo ejercer ya que era fraile profeso. En visita a la isla, el obispo halló que lo había ocupado por fuerza y, por su mal vivir, ordenó que  lo suspendieran, imponiéndole graves penas. Nuevamente huyó a Roma, donde  estuvo seis años, regresando posteriormente a Tenerife y La Palma. A raíz de la muerte del Licenciado Bartolomé López Tribaldos, maestrescuela de Canaria y beneficiado de La Palma, tomó posesión con gente armada del beneficio de San Salvador, expulsando clérigos que estaban puestos en nombre de un romano y en virtud de una expectativa del Santo Padre, sin presentación del Rey ni institución del prelado. La comisión se da por plazo de 30 días, con un salario de 250 mrs. por día, más 100 mrs. para el escribano, aparte de los derechos ordinarios que han de pagar los culpables. Zapata. Santiago. Aguirre. Castilla. Acuña. Texeda. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
 
1521. Febrero, 27. Burgos. Comisión al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria para que vaya a Tenerife y envíe un informe al Consejo, en relación a la demanda del bachiller Pedro de Pavía, visitador del obispado de Canaria y vicario de Tenerife. Este informó que la justicia insular prendió aun clérigo "de corona y grados" acusado de ciertos delitos, pero que él, como vicario, y tras constatar que era clérigo, expidió cartas de excomunión para que le fuese entregado. Informó, además, que el Licenciado Cristóbal de Valcárcel, vecino de Tenerife, que abogaba como juez seglar, presentó unos escritos que consideró poco corteses, replicando el citado Licenciado que sabía mejor que él lo que alegaba, "y que no fuese tan simple que le cayese en cuentas". Además, cuando iba a decir misa y a predicar, le salieron al camino real dos hermanos del Licenciado y un hombre con armas, que le insultaron llamándole "judío". Por todo esto solicita se haga información y se castigue a los culpables, sin proceder a condena de muerte, mutilación o derramamiento de sangre. El gobernador o juez de residencia tendrá un salario de 250 mrs. por día, más 100 mrs. para el escribano que le acompañe. Zapata. Santiago. Aguirre. Qualla. Acuña. Texeda. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
 
1521. Octubre, 5. Burgos. Orden al gobernador o juez de residencia de la isla de Canaria, para que no consienta a nadie mantener contrataciones con los moros de Berbería. Se da a petición de don Hernando de Arce, obispo de Canaria, quien informa que muchos seglares y eclesiásticos proveen a los moros de trigo, cebada, armas y otras cosas vedadas y prohibidas por las leyes del reino. Solicita castigo para los legos y apoyo del brazo seglar para que él y sus jueces castiguen a los eclesiásticos. Archiepiscopus. Santiago. Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Luís Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
 
1522. Noviembre, 15. Valladolid. Comisión al gobernador o juez de residencia de Tenerife y La Palma para que determinen, guardando las costumbres antiguas, en el asunto que plantea Pedro de Lugo. Según éste, el Adelantado de Canaria había conquistado las citadas islas hace, más o menos, 32 años y la primera construcción que se hizo fue la iglesia parroquial de Nuestra Señora e la Concepción. En ella fueron enterrados algunos conquistadores que mataron los guanches, especialmente el capitán Pero Ramírez, veinticuatro de Sevilla, y Hernando de Trujillo que fue teniente de Gran Canaria. La citada edificación fue declarada iglesia parroquial por el obispo don Diego de Muros, en ella se administraban los sacramentos y de ella salía anualmente la proce-sión del Corpus Christi. Ahora, desde hace muy poco tiempo, algunas personas han edificado una ermita, Nuestra Señora de los Remedios, y procuran que de ella salga la procesión del Corpus. Esto ha planteado numerosas disputas y conflictos entre los vecinos, obligando a mediar, en muchos de ellos, al vicario  y al propio Adelantado. El citado Pedro de Lugo, como clérigo parroquial, solicita que la procesión salga de la parroquia y que no se administren sacramentos en la ermita de Los Remedios. Arzobispo. Alonso de Castilla. Qualla. Beltrán. Guevara. Acuña. Gallo. (E. Aznar et. Al. 1991)
 
1522. Enero, 30. Orden al licenciado Rodrigo de Alfaro, juez ejecutor en la isla de Canaria, para que despoje a Pedro de Lugo de los beneficios eclesiásticos que ha ocupado sin presentación real. El bachiller Pedro de Pavía informó que tenía dicha presentación para los beneficios simples servideros de San Salvador de Apurón, de Puntallana, de San Andrés y de Santa María de Monserrat, en la isla de La Palma , que fueron instituidos por el obispo de Canaria tras la muerte de Bartolomé López de Tribaldos. Sin embargo, desde que quedaron vacantes, Pedro de Lugo, que se dice hijo bastardo del Adelantado, y otras personas, entre las que se encuentra el licenciado Cristóbal de Valcárcel, han ocupado los citados beneficios sin la correspondiente presentación real, siendo favorecida esta actitud por el propio Adelantado. Por ello, Pavía solicita ayuda a las justicias y el castigo de los usurpadores. Qualla. Beltrán. Guevara. Acuña. Tello. Luis Ramírez. (E.Aznar et. Al. 1991
 
1524 Septiembre 2. «S.C.C. Maga. El Consejo de Gran Canaria besamos las manos y pies reales de V. M., a la cual entendemos suplicar por nuestro mensajero más largarnente cosas convenientes a su servicio y al estado desta isla, y entretanto nos parece que V. M. se debía informar que en los tiempos pasados este obispado ha padecido en lo eclesiástico mala gobernación por algunos de los prelados pasados, y después de la provisión del reverendo in Cristo, padre don Luís Vaca, que nombró por su vicario al venerable don Martín Jiménez, chantre desta iglesia, que asimismo vino provehido por inquisidor, avemos visto en la jurisdicción obispal tanto recado e tan buenas ejecuciones de justicia, que tenemos que Dios N. S. y V. M. han sido muy servidos porque ha avido muchos castigos de hechizos en que estas islas estaban muy pervertidas en grandes y diversas especies de hechicerías, donde intervenían hurtos del Santísimo Sacrarnento y del Oleo Santo, y parte de las aras de todos los más altares desta ciudad y otras abominaciones, y también se ha refrenado mucha resolución de amancebados públicos y de malas contrataciones usurarias que en esta isla se acostumbraban así de los clérigos de corona; muchos han sido hasta agora castigados, antes favorecidos en los excesos que han querido cometer, y como que de semejantes ejemplos y rectitud de buena justicia, así como se goza y alegran los buenos y virtuosos, se entristecen e mormuran los injustos, algunas personas a quienes ha tocado estas correcciones se han atrevido á buscar calores para lo impedir, diciendo que el dicho chantre ha excedido en estos casos usurpando la jurisdicción Real, porque estos castigos se han hecho por las calles acostumbradas y por las prisiones de algunos destos delincuentes, y en estos ha intervenido principalmente un personero desta isla y un canónigo, Juan de Troya, comisario de la Santa Cruzada , movidos por querer el dicho chantre justamente ocurrir a muchas extorsiones injustas y cohechos que el dicho comisario suele llevar y lleva de los vecinos destas islas, y porque después de se lo haber amonestado familiarmente, le sacaron de su casa por mandado del dicho chantre una manceba que había muchos años que tenía públicamente, en que tenía muchos hijos, así como si por ley lo pudiera hacer y el dicho personero porque se procedía contra él por conjuras, porque retenía a su marido una mujer casada y porque podía ser que por la importunidad desto se inclinase a los jueces de V. M., que están en esta isla y estorbase el buen celo e propósito del dicho chantre, suplicamos a V. M. que mande que sea favorecido y ayudado en manera que libremente pueda reformarse semejantes malas costumbres y Dios Nuestro Señor y V. M. sean servidos. Prospere N. S. felizísimamente la Real persona que V. M. con acrecentamiento de mayores estados. Fecho en la ciudad Real de Las Palmas que es en la isla de Gran Canaria, a dos días de septiembre de 1524 años.-Licenciado, Hernando de Aguayro.-EI bachiller Pedro Góngora.-Pedro de Peñalosa.-Juan de Escobedo.- Diego de Narváez.-Bernardino de Lezcano.- Antón de Zerpa.-Juan de Aríñez, escribano mayor del Cabildo.
 
La lucha por los beneficios económicos que genera la veneración de la  imagen de la Candelaria en Chinech (Tenerife) motivó cruentos enfrentamientos entre el clero regular y secular de la iglesia católica por la posesión de la misma, hasta el punto que tuvo que intervenir la corona de la metrópolis.
 
El rey pidió informes al gobernador colonial de Tenerife; Antón Joven, teniente suyo, los dio muy favorables; y, en vista de ellos, se expidió en Madrid la real cédula de 24 de diciembre de 1535, confirmando la donación del Ayuntamiento hecha a la orden de predicadores y a sus frailes. Pero el clero secular de la diócesis, que creía contraria al derecho parroquial esta absoluta donación de un santuario donde había pila bautismal y que era cada día más importante por las liberalidades del pueblo, se ofendió tanto de ella, que el canónigo Pedro Samarinas, en 1539, puesto a la cabeza de algunos que había acaudillado, se entró de repente en el convento y a mano armada desalojó a los religiosos, que en la resistencia recibieron algunos golpes.
 
Fácil es concebir las quejas amargas con que los heridos y despojados recurrieron, no sólo al pie del Trono castellano-aragonés, sino  también a Roma. El emperador Carlos V, en 27 de agosto del mismo año, les despachó su real cédula de restitución, que el papa Paulo III corroboró por su bula de 26 de mayo de 1542, el octavo de su pontificado, concebida en los términos más claros y honoríficos. Sin embargo, al año siguiente, hallándose el obispo  fray Alonso de Virués en la visita general de la diócesis, se volvió todavía a despertar la controversia con los frailes y, para cortarla de raíz, se creyó preciso plantificar entre ellos y el ordinario un convenio perpetuo, por el cual el convento cedía la cueva de San Blas al cura de aquel territorio de Güímar, y el ayuntamiento daba en equivalente a los frailes la ermita del Rosario, que ellos renunciaron algún tiempo después.
 
....De otro género, pero también de las que figuran fuera de auto, eran las causas que se seguían contra personas revestidas de ca­rácter eclesiástico, y á los cuales se repren­día y castigaba, en general, secretamente.
 
Como éstas versaban, con pocas excepciones, sobre atentados contra el pudor, y abuso en el ejercicio de sus tareas espiritua­les, no nos es posible entrar en pormeno­res, que sin embargo, podrán adivinar fá­cilmente nuestros lectores.
 
Más, para que nada de lo que adelanta­mos en esta obra pueda quedar sin compro­bación, diremos, con relación á esta época, y á esta clase de procesos, que uno de los más notables fue el que se siguió al padre fray Pedro de Hinojosa, del convento de San Francisco de Las Palmas, por “solicitaciones” en el confesionario.
 
Dio principio la causa por denuncia del fiscal, con fecha 15 de Diciembre de 1579, quedando recluso al día siguiente; oyéronse algunas testigos, hijas de confesión del frai­le, entre las cuales las había solteras, casa­das y viudas. En sus declaraciones no vaci­laron todas en dirigir estupendas 'acusacio­nes al reo, que siempre calificó sus dichos de odiosas calumnias de sus enemigos.
 
Por las razones que antes hemos expuesto, nos abstendremos de insertar aquellas declaraciones, ni aun los versos que constan en la causa, y que les dirigía al dar á al­gunas la absolución, concluyendo por decir, que estuvo siempre negativo, aunque á pesar de ello fuera condenado por el Santo ofi­cio, á que, en presencia de los Prelados de las órdenes, de sus compañeros y de los cu­ras de la parroquia, se leyese su sentencia. En ésta se mandaba, que fuese severamente reprendido, que abjurase de levi, que se abs­tuviese de confesar hombres y mujeres; que estuviese recluso tres años en un convento, privado dicho tiempo de voto activo y pasivo y fuese el último del Coro y refecto­rio, y por último que se le diese disciplina en el Capítulo de su convento, á presencia del Guardián y de los frailes, sus hermanos. Consta de la causa que el 26 de Mayo de 1584 cumplió su reclusión en el conven­to de San Francisco de la Laguna, pero no que saliera en ningún auto de fe. (Millares Torres A.1981:37-39)
 
Febrero de 2010.
 
Fuentes consultadas:
 
Agustín Millares Torres
Historia de la Inquisición en Canarias (3 tomos)
Editorial Benchomo.
Santa Cruz de Tenerife-Las Palmas, 1981
 
Jean Pierre Dubarri
En: El Averno
 
Francisco Morales Padrón
"Canarias: Crónicas de su conquista"

Edición de El Museo Canario, con la colaboración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.



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