lunes, 31 de diciembre de 2012

DATADOS EN TACORONTE (V)




TACORONTE: MISCELANEA PARA UNA HISTORIA DEL MUNICIPIO


BREVES DATOS HISTÓRICOS Y BIOGRAFICOS DE ALGUNOS DE LOS COLONOS 



Eduardo Pedro García Rodríguez


Lope Gallego:

366-24.-Lope Gallego. Un ferido abajo del q. esta hecho e del otro lado del barranco contra Acentejo 50 f. 5-VII-1503,

920-34.-Lope Gallego. Unas tas. q. fueron de Lorenzo de Alcalam de s, q. son 3.. yendo del ingenio q. hace agora Bartolomé Benitez hacia la monta debajo debajo de un pino con monyolera y unas cuevas q. están entre mis tas. e las que fueron de Padilla el Auchón del Rey con sus entradas e salidas. 2-VII-2507.

924-38.-Lope Gallego. 4 c. de ta. monte para sembrar del camino para arriba donde estan unos dragos grandes como van para Acentejo  antes q. lleguen a las tas. de Galvan contra Taoro e 2c. en descendiendo de Acentejo para el Aorotava del camino de la ladera para abajo arriba bajando contra los almacigos de la otra parte del barranco q. es do tiene las colmenas Antón de la Sierra. Q. digo vos lo do por cuanto vos os desistis de 50 f. q. vos ove dado y q. vos  toman para dehesa. 15-I-1506.

925-39.-Lope Gallego. 2 f. en las cabezadas de los cañaverales arriba de una suerte de Diego de Torres y de otra q. tiene el dho. L.G. cabe un majuelo q. tiene más un solar q. esta debajo de otro q. hace Juan Bras con una f. ta. de s. 7-XII-1503.

927-41.-Lope Gallego. 3 c. d aquel cabo del barranco donde esta unas canales de drago por donde pasa el agua e mas un ferido de molino q. cay dentro de las tas. 7-.II- 1503.

1.359-xxxiij.-Lope Gallego,vº. Un herido para un molino de moler pan q. es en la cabezada de un majuelo q, vos teneis puesto el el Arautava. Q. digo vos do en dho. asiento. 6-VII-1505.

Lope Gallego en los protocolos de Hernán Guerra 1510-1511

Ante Hernán Guerra, folio 332 r., con fecha 19 de agosto de 1510 Lope Gallego compra a Francisco Serrano vº., 3 fs. de tierra de regadío con su agua en La Orotava, que eran de Juan de Lorca, el platero. El precio de la tierra es 6.000 nrs. De la moneda de Tenerife. Ts.: Lope de Carvallar y Diego Amarillo, vº y est.-Lope de Carvallar.

1510 septiembre 12, ante Hernán Guerra al folio 349 r. Francisco Díaz vende a Lope Gallego un esclavo blanco, llamado Juan Granada, por precio de 130 fs. de trigo. Francisco Díaz declara que el esclavo no tiene tacha ni dolencia, ni es ladrón ni borracho ni fugitivo. Ts.: Fernando Esteban y Sancho de Camino. Ests.-Francisco Díaz.

Actúa como testigo en una escritura de poder general extendida por Constantin Coronado a favor de Juan Pinto, vº. de La Gomera, ausente, ante Hernán Guerra con fecha 22 de octubre de 1510, al folio 343 r.

1513 septiembre 3. Fol. 550 r. Lope Gallego vº. otorga poder general a Alonso Manuel, pr. de c. Ts.: Pero Martín de la Rosa, Pero Alonso Sánchez y Fernán Esteban Cárdenas.-Lope Gallego.

Ante Hernán Guerra, a 19 de octubre de 1511, folio 624 r., Diego de Mendieta dice que Lope Gallego a de pagar a Juan Valiente y a Marcos Franco en su nombre 1.400 mrs. po ciertas albarradas que Juan Valiente dice haber hecho a Lope Gallego. Ts.: Alonso Lopez y Fernan Esteban Cárdeno.-Diego de Mendieta.

1511 octubre 23, folio 608 r. Ante Hernán Guerra, Lope Gallego vº., otorga poder general a Alonso Lopez, ests. Ts,: Fernán Esteban Cárdeno y Andrés de Luna.

En 1506 a 3 de noviembre en nombrado por el Cabildo colonial diputado para Taoro de Araotava Lope Gallego, “en pan e carne e medidas e pesos y en todas las cosas que debe entender para lo denunciar a la justicia lo que más hisiere que entyenda; diéropnle poder”.

Esta es toda la información que hemos podido recabar de este colono, posiblemente fue un labrador y molinero bien situado, pero vetado en cuanto a un intento de escalada social dentro de la sociedad colonial de su tiempo, a pesar de sus contactos con el Cabildo colonial.

Jaime Joven:

Este colono desarrollo una política efectiva de acaparamiento de tierras en la Isla, indudablemente con la aquiescencia  de Alonso de Lugo a quien con toda seguridad ayudó en sus más que frecuentes penurias económicas. Además de las de Acentejo consiguió diversas datas en diferentes lugares.

Sobre el mes de mayo de 1496, parte Alonso de Lugo para Almazán con el séquito de los conquistadores Francisco Gorvalán, sevillano, Mateo Viña, genovés, Jerónimo de Valdés, sevillano y sobrino de Alonso, y Jaime Joven, barcelonés, junto a 7 menceyes de Tenerife. Su llegada a la Corte de los Reyes Católicos se produce en los primeros días del mes de junio. Los menceyes se bautizan en el seno de la corte, en la iglesia de San Miguel de Almazán, la más cercana al Palacio de los Mendoza.

Datas:

Unos canarios y Jayme Jovén. Yo por la presente he por bueno q. 6 c. de ta. de s. q. yo di a unos canarios naturales de la isla de la Gran Canaria , q. son entre montañetas de Sentejo jara (?) 15-V-99 q. vos J. J. les habéis comprado q. yo el dho. Adelantado lo he por bueno y puesto q. fasta agora no las hayan aprovechado como eran obligados por los pregones q. por mi mandado se hayan apregonado, y puesto q. lo hayan fecho yo he por buena la dha. venta. 6-XII-1516. IX-I1-1567 presentolo el Ldo. Juan Ximénez Gallinato, regidor.

Jayme Jouen. 100 f. en el término de Tacoronte, q. han de ser después de haber tomado Guillen Castellano y el ba­chiller Pedro de Valdés, vs. y regidores desta isla. Otrosí mando a los regidores por mí para ello diputados, q. son Lope Fernández y Guillen Castellano, q. vos señalen las dhas. 100 f . de trigo. [Añade a la prelación a Lope Fernández y luego q. den a vos el dho. J. J. El Adelantado. 10-X-1503. Reverso: “Nos los dhos. re­partidores señalamos a vos J. J. e vos metemos en posesión de las tas. contenidas en este alvalá del Sr. Adelantado, en el término de Tacoronte, linde con tas. de Mycolás Alvares e tas. de Leonel de Cavantes”]: “Jayme Joven. 15 f . en La Laguna, debajo de las tas. de Alcarás. 15-X-1503.·

Jayme Joven, Antón de Vallejo, escribano público y del concejo e Antón de los Olivos. Un agua q. es en Adexe q. decien-de de la montaña q. se dice en lengua de Tenerife Tavzo y el agua se llama bajo de la dha. montaña de Tavzo, en la dha. lengua Guayeje con todas sus entradas e salidas e usos e costumbres. Q. digo con condición q. seáis obligados a hacer un ingenio de agua o de bestias. 1-II-1504. [Dorso]: Digo yo el Adelantado don Alonso Fernandes de Lugo q. por cuanto en el agua de Tauzo desta otra parte no hay cantidad para hacer engenio de agua ni de bestias y en caso q. lo haya no lo queriendo hacer, sea la dha. agua para q. della os aprovechéis vosotros los dhos A. de V. A. de los O., J. J. en hacer unas guertas e otras cosas ... e más vos do en repartimiento toda la ta. q. la dha. agua pudiere aprovechar la mejor e más cercana... pues es ennoblecimiento desta isla. Digo q. vos do para q. hagáis viña o huertas cada 10 f .... con cargo q. no lo podáis vender a ningún regidor y vendiéndolas las hayáis perdido. 30-X- 15.”

“Jayme Joven. 100 f . en las cabecadas de Tacoronte ... y si no las oviere q. las podáis tomar allí mismo en la mon­taña de mi fuente a la parte otra del camino. Digo a los repartido­res den otras 50 f. cumplimiento a 100 en las dhas. cabecadas de Juan Delgado o de Ferrandes de las Islas. 10-X-1504. Un hijo de este pesonaje también fue datado en Acentejo: “Jayme Joven, hijo de Jayme Joven. 50 f. de s. al barranco del Aforcado, q. está pasadas las montañetas a la mano esquierda andando por el camino de Tahoro hacia la montaña. 12-XI- 1513.”.

En esta isla Chinech (Tenerife) en los inicios de la colonización el comercio de esclavos y azucares proporcionaban importantes ingresos económicos para los invasores más poderosos. Los deseos de reproducir los modo de vida de castilla en la colonia y las apetencias de muchos de los invasores de acceder al estado de nobleza, por una parte, por otra, los guanches son obligados a vestir conforme la moda castellana, todo lo ello incitaba al lujo y obliga a gastar más de lo que se ganaba, forzando a la gente a tomar prestado y a contraer deudas.

El desarrollo extraordinario de los juros y censos es una de tantas manifestaciones de una economía y una sociedad que han entrado en la fase monetaria. El que dispone de dinero (mercaderes, letrados, conventos...) lo presta con interés; el que lo necesita compra censos, es decir se endeuda.

Ello produjo un desprecio por el comercio y una gran ansiedad por integrarse en  la nueva sociedad colonial en la que la pauta era marcada por la aristocracia terrateniente  tanto guanche como europea, quienes  sustentaban la convicción de que el trabajo era degradante, esta situación era un imán para los mercaderes quienes además ejercían de prestamistas cobrando intereses usureros amparados bajo ficticios contratos mercantiles o bajo el silogismo “por hacer buena obra”.

En estas circunstancias desarrolló su labor mercantilista el colono Jaime Joven, logrando amasar una considerable fortuna (y  un gran acaparamiento de tierras) además de un asenso social en la colonia como tendremos oportunidad de ver. Como muestra de la actividad desarrollada por este personaje veamos algunos documentos generados en la escribanía de Hernán Guerra, según los extractos (1510-1511) publicados por el investigador Fernando Clavijo Hernández,  no dudando que existen protocolos generados por Jaime Joven en otras fechas y en otras escribanías de la época:

“9 de agosto de 1510, Diego de Ibaute,[2] v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 1.250 mrs. por paño que le compró. Los pagará en dineros de con­tado por todo el mes de enero de 1511. Ts.: Alonso López y Lope de Carvallar.—Lope de Carvallar. (fol. 375 r.): “12 de agosto de 1510, Pedro Isasaga, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 60 arrobas de azúcar, blanco y lealdado, por 30 arrobas que le debía, más otras 30 que paga por Juan de Berres, de remates de cuentas que éste debía a Jaime Joven. Las pagará a fin del mesde abril de 1511, puestas en un ingenio de la isla de Gran Canaria, que es en El Palmital o en Moya. Ts.: Lope de Aguirre y Pero de Goycoría, vs. y ests.—Isasaga.” (fol. 379 r.): “1510, septiembre, 1: Juan Gómez y Juan León dan poder especial a García Páez para lo de Jaime Joven. Ts.: Alonso de Alcaraz y Fernán Esteban.—Sinfirma.” (fol. 320 v.): “En 19 de septiembre de 1510, Pedro Picar, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 4.028 mrs. por ropa que le compró, a pagar en dineros de contado, la mitad por el día de Navidad que viene, y la otra mitad por Pascua Florida de 1511. Ts.: Juan Galán y Alonso López.—Alonso López. (fol. 411 r.): 24 de agosto de 1510, Tomás de Morales reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 3.500 mrs. de la moneda de Tenerife por ropa que le compró. Los pagará en dineros de contado o en tanto trigo, al precio que valiere, por el día de San Juan de junio de 1511. Se obliga a dar otros 500 mrs. al dicho precio, de manera que son 4.000 mrs. Ts.t Alonso López y Fernán Esteban.—Sin firma. (fol. 414 r.): Septiembre 28 de 1510, Martín Ponce, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, v°., 5.500 mrs. de esta moneda de Tenerife por ropa que le compró; los pagará en dineros de contado o en tanto trigo, en el mes de mayo de 1511, a como valiere. Ts.: Fernán Martín de Espinar y Fernán Esteban Cárdeno.—Fernán Esteban Cárdeno. (fol. 425 r.).

5 de octubre de 1510: “Fernando de Torres reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 6.312 mrs. por ropa que le compró. Los pagará en dineros de con­tado o en tanto azúcar blanco, puesta en esta villa de San Cristó­bal, en el mes de mayo de 1511. Ts.: Antón de los Olivos y Fernán Esteban Cárdeno.—Hernando de Torres. (fol. 433 r.):  16 de octubre de 1510: Jaime Joven, mercader, otorga poder general a Jácome Catano, mercader. Ts.:Fernán Esteban y Gonzalo Díaz.—Jaime Joven.” (fol. 339 v.): “1510, noviembre, 22: Ruy Blas, cura de San Pedro, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 14.750 mrs. de la moneda de Tenerife por las cuentashechas entre ellos y Francisco de Florencia, hasta el día de la fecha. Se obliga a pagar en dineros de contado por todo el mes de enero de 1511. Ts.: Juan de Ortega y su hermano Cristóbal de Ortega, vs.—Ruy Blas.”( fol. 552 r.): “ 1 de diciembre de 1510, El bachiller Juan Fernández de Anaya otorga poder general a Jaime Joven, mercader. Ts.: Juan Vaca, Francisco Jiménez, bar­bero, ests.—El bachiller Anaya.” (fol. 702 v.): “1510, octubre, 22: Rodrigo de Jaén y Ruy Jiménez de Becerril reconocen deber a Jaime Joven, mercader, 3.000 mrs. de la moneda de Tenerife por ropa que le compraron. Los pagarán en dineros de contado en el mes de enero de 1511. Ts.: Diego Amarillo y Fernán Esteban.— Ruy Jiménez de Becerril.” (fol. 449 r.)  “1510, noviembre, 13: Pero Coello, herrador, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mer­cader, 3.000 mrs. de la moneda de Tenerife por ropa que le compró. Los pagará, en dineros de contado o en tanto azúcar, a final del mes de enero de 1511. Ts.: Francisco Jiménez, Alonso de Aroche y Fernán Esteban Cárdeno.—Pero Coello.” (fol. 541 r.): “ 2 de diciembre de 1510, Pedro Álvarez, almocrebe, reconoce deber a Jaime Joven, mer­cader, 2.340 mrs. por resto del valor de 2 asnos que le vendió Fran­cisco Florencia en su nombre, a pagar en los 20 primeros díassiguientes. Ts.: Alonso Martín de Villamiel y Fernán Esteban Cár­deno.—Fernán Esteban Cárdeno.”(fol. 617 r.).

Con fecha 3 de diciembre de 1510,  Fernando de Castro, v°., reconoce deber a Jaime Joven, merca­der, 4.627 mrs. por resto de cuentas, que tiene con Jaime Joven y Rafael Ponte, hasta el día de la fecha, a pagar en dineros de con­tado a finales del mes de enero de 1511. Ts.: Cristóbal Carrasco y Fernán Esteban.—Fernando de Castro. (fol. 618 r.): 1511, enero, 8: Juan González, est., reconoce deber a Jaime Joven, mercader. v°., 1.000 mrs. de la moneda de Tenerife por un asno que le compró. Los pagará en dineros de contado a final del mes de febrero del año de la fecha. Ts.: Francisco Jiménez y Alonso Donaire.— Sin firma. (fol. 9 r.)

14 de enero de 1510: Pedro de Lugo y Francisco de Lugo, vs., en nombre del Ade­lantado y por ellos mismos, reconocen deber a Jaime Joven, mercader, 55.000 mrs. por ropa que le compraron. Los pagarán enazúcar blanco, a 300 mrs. la arroba, en el mes de junio, en el ingenio de El Realejo. Además le deben otros 8.000 mrs. que tam­bién se obligan en nombre de Adelantado. Pedro de Lugo y Francisco de Lugo se obligan a pagar a Jaime Joven 3.409 mrs. por Hernán Guerra, esc. púb., resto de ciertos mrs. que le debían por donFernando, los cuales se obligan a pagar. Ts.: Juan de Zamora, Alonso Manuel, Andrés Suárez y Diego Fernández.—Francisco de Lugo y Pedro de Lugo. (fol. 21 r.) 1511, enero, 18: Diego de Godoy, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 13 doblas de oro por un caballo que le compró, a pagar desde hoy en un año. Hipoteca el caballo y unas casas que están en esta villa de San Cristóbal, que lindan con Diego Martín de Olvera. Ts.: Alonso Fernández de la Fuente, Diego Ortiz, patrón.—Mar­tín Sánchez, herrador.( fol. 29 r.): 1511, enero, 21: Diego Ortiz, patrón, v°., otorga poder especial a Jaime Joven, mercader, para cobrar los mrs. y azúcares que serán para Jaime Joven. Son, de la cuenta de Antón de Libio, 20 arrobas de azúcar, de Batista Bairola 6.480 mrs. y de García de Trujillo 2.350 mrs. Ts.: Fernán Esteban y Manuel de Gibraleón.—Diego Ortiz, el patrón. (fol. 421 r.): El 21 de enero de 1510, El bachiller Alonso de Belmente, v°., reconoce deber a Juan Romano, mercader, 175 arrobas de azúcar blanco por ropa que le compró. Las pagará en uno de los ingenios de esta isla o de la de Gran Canaria, en donde más quisiere, a final del mes de mar­zo de 1512. Ts.: Guiraldo Flamenco y Cristóbal de Briones.—El bachiller Alonso de Belmente. (fol. 32 r.): 22 de enero de 1511:Andrés de Güímar, v°., reconoce deber a Jaime Joven, merca­der, 3.030 mrs. de la moneda de Tenerife por ropa que le compró, a pagar en dineros de contado, por el día de San Juan de Ts.:  Juan de Zamora y Fernán Esteban Cárdeno.—Sin firma.( fol. 35 r.): El 23 de enero de 1511,  Miguel de Güímar, natural, reconoce deber a Jaime, mercader, 2.500 mrs. de la moneda de Tenerife por ropa c compró, a pagar en dineros de contado, en mayo. Adem obliga a pagar a Jaime Joven otros 706 mrs. en el mism zo. Ts.: Mateo Viña, Alonso López, Juan

23 de enero de 1511: Gaspar Fernández, natural, reconoce deber a Jaime Joven mercader, 5.170 mrs. por ropa que le compró, a pagar en dineros de contado y no en otra cosa:  25 de enero de 1511, Juan de Almansa, v°., reconoce deber a Jaime Joven, merca­der, 9.469 mrs. por ropa que le compró, a pagar por San Juan de junio de este año de la fecha, en dineros de contado y no en otra cosa. Ts.: Pedro García, chapinero, Fernán Esteban Cárde­no.—Fernán Esteban Cárdeno. (fol. 41 r.): 1511, febrero, 7: Jorge Grimón, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 3.212 mrs. por ropa que le compró. Los pagará en dineros de contado o en tanto azúcar, puesto en un ingenio de La Orotova, a 300 mrs. la arroba, en el mes de agosto. Ts.: Juan Galán y PedroPárraga, vs.—Jorge Grimón. (fol. 91 r.): En  8 de febrero de 1511,  Diego Fernández Amarillo, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 12.500 mrs. de la moneda de Tenerife por resto de 2 caballos, aparejados, de color morcillo y castaño, que le compró, a pagar en dineros de contado, a mediado de junio. Hipoteca los 2 caballos y otro suyo rucio. Ts.: Fernán Esteban Cárdeno, Manuel de Gibraleón, Diego Ortiz, patrón, ... (roto).—Sin firma. (fol. 95 r.): 1511, febrero, 27: Rubín Rumpiérrez, v°., reconoce deber a Jaime Joven, merca­der, 2.146 mrs. por ropa que le compró, a pagar en dineros de contado, a finales del mes de abril. Ts.: Alonso Manuel, Juan López y Fernán Esteban.—Fernán Esteban. (fol. 126 r.): 2 de marzo de 1511, Martín Alonso, v°. de Tacoronte, reconoce deber a Jaime Jo­ven 4.100 mrs. por ropa que le compró; los pagará en dineros de contado, por el día de San Juan de junio. Ts.: Diego de Gibraleón, Juan Vizcaíno, criado de Mateo Viña.—Sin firma.( fol. 134 r.): 1511, marzo, 10: Luís Álvarez, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 2.748 mrs. por ropa que le compró, a pagar en dineros de con­tado, por San Juan de junio. Ts.: Fernán Esteban Cárdeno ySancho de Omerando, esc. de las entregas.—Sancho de Ome-rando. (fol. 148 r.).

Pedro Fernández, hijo de Diego Fernández Amarillo, v°., en 18 de marzo de 1511, re­conoce deber a Jaime Joven 1.450 mrs. de la moneda de Tene­rife por ropa que le compró; los pagará en dineros de contado, por el día de San Juan de junio, primero que viene. Ts.: Juan Galán y Fernán Esteban Cárdeno.—Pedro Fernández. (fol. 164 r.): 1511, marzo, 24: Ruy Jiménez de Becerril reconoce deber a Jaime Joven, mer­cader, 7.500 mrs. de la moneda de Tenerife por un esclavo que le compró; los pagará a final del mes de agosto, en trigo a100 mrs. la f., puestos en esta villa de San Cristóbal. Ts.: Alonso Velázquez y Fernán Esteban.—Ruy de Becerril. (fol. 173 r.): Pedro y Francisco de Lugo, vs., con fecha 29 de marzo de 1511, reconocen deber a Jaime Jo­ven, mercader, 38.000 mrs. de la moneda de Tenerife, por ropa y dineros que recibieron. Las ropas son para la hacienda de San Diego. Se obligan a pagar en dineros de contado o en tanto azú­car blanco, puesto en el ingenio de El Realejo o en Icod, en el mes de agosto, primero que viene. Ts.: Fernán Esteban Cárdeno y Juan Galán.—Pedro de Lugo y Francisco de Lugo.( fol. 185 r.): El 8 de mayo de 1511, Pedro Madalena, natural de Gran Canaria, v°., vende a Juan Romano un esclavo de color negro, que se llama Roque, de unos 17 años de edad; se lo vende por precio de 13.000 mrs. de la moneda de Tenerife. Ts.: Alonso López, Juan Galán y Jaime, hijo de Jaime Joven, mercader, vs. y ests.—Sin firma.( fol. 256 r. (sic):

1511, mayo, 24: Juan de Zorroza, el Mozo, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 5.500 mrs. de la moneda de Tenerife por un caballo de color castaño y calzado de los pies traseros, que le compró, a pagar en dineros de contado y no en otra cosa, en el mes de noviembre. Ts.: Alonso López, Jorge Sánchez y Fernán Esteban Cárdeno, vs. y ests.—Juan de Zorroza. (fol. 290 r.): El 23 de junio de 1511,  Alonso de Pedraza reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 3.000 mrs. por ropa y cuentas rematadas hasta el día de la fecha; los pagará en dineros de contado, por el día de San Miguel, o en tanto azúcar blanco, a como valiere, puesto en esta villa de San Cristóbal. Ts.: Lope Fernández y Esteban Fernández.—Alon­so de Pedraza. (fol. 305 r.): 1511, junio, 25:Pedro de Lugo (tachado). Francisco de Lugo, vs., reconoce de­ber a Jaime Joven, mercader, 43.489 mrs. por ropa y dineros que recibió para el ingenio del Adelantado y su hacienda; los paga­rá en dineros de contado o en tanta azúcar, blanco y lealdado, a 300 mrs. la arroba, puesta en El Realejo, a finales del mes de agosto. Ts.: Juan de Zamora, Alonso de Alcaraz y Juan de Santiago, vs. y ests.—Francisco de Lugo. (fol. 309 r.): El 27 de junio de 1511, 1.134,   Martín Ponce, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, v°., 3.180 mrs. de la moneda de Tenerife por ropa que le compró; los pagará en dineros de contado y no en otra cosa, en el mes de mayo de 1512. Ts.: Lope de Vallejo, alguacil mayor de La Palma, y Fernán Esteban Cárdeno.—Fernán Esteban Cárdeno.( fol. 312 r.)

Con fecha 27 de julio de 1511, Gaspar Fernández, Alonso de Bonilla y Andrés de Güímar, guanches, reconocen deber a Jaime Joven 5.160 mrs. por ropa que le compraron; los pagarán en tres tercios, uno por Navidad primera, otro por Pascua Florida de 1512 y el otro por el día de San Juan de 1512, en dineros de contado. Ts.: Gonzalo Muñoz y Fernán Esteban.—Sin firma. (fol. 339 r.): 1511, agosto, 7:Juan Afonso, natural, reconoce deber a Jaime Joven 1.670 mrs. que son por ropa que le compró; pagará en dineros de contado, en esta villa de San Cristóbal, en tres tercios: uno por Navidad, otro por Pascua Florida y el último por el día de San Juan de junio de 1512. Ts.: Antón Azate y Fernán Esteban Cárdeno.—Sin firma. (fol. 348 v.): En contrato de fecha 5 de octubre de 1511,  Alonso de Pedraza, v°., reconoce deber a Jaime Joven, merca­der, 13.000 mrs. de la moneda de Tenerife por 2 contratos ante este esc. Hernán Guerra, por ropas que le compró y de restos de todas las cuentas que han pasado entre ellos hasta el día de la fecha; le pagará en dineros de contado o en tanto azúcar, blanco, a precio convenido, puesto el azúcar en La Orotava. Ts:. Fernando de Fregenal y Alonso López, vs. y ests.—Alonso de Pe­draza. (fol. 548   r.): Y el 29 de octubre del mismo añoAlonso de Pedraza, v°., reconoce deber a Jaime Joven, merca­der, 4.843 mrs. porque se los pagó por Fray Francisco, clérigo; ".-e pagará, el primero de noviembre, en dineros de contado. Ts.: D:ego Amarillo y Fernando Esteban.—Alonso de Pedraza.( fol. 644 r.): 31 de octubre de 1511,  Martín de Jerez y Nicolás de Molina reconocen deber a Jaime Joven, mercader, 4.715 mrs. por ropa que le compraron; le pa­garán en dineros de contado, a final del mes de marzo de 1512. Ts.: Alonso López y Gonzalo Díaz.—Nicolás de Molina y Martín de Jerez. Orden a Sebastián Páez, esc. púb., para que busque en los registros de Hernán Guerra la carta de Martín de Jerez y Nico­lás de Molina a Jaime Joven. La fecha de la orden es de 16 de abril de 1512. Firma: Antón de Vallejo y El Ldo.( fol. 648 r.): En 15 de diciembre de 1511,  Pero Estévez, v°., debe a Jaime Joven, mercader, 2.250 mrs. porque se los debía a Jorge Grimón y éste los debía al dicho Jaime Joven de ropa; le pagará en dineros de contado y no en otra cosa, en el mes de junio de 1512. Hipoteca una esclava ne­gra, tuerta. Ts.: Jerónimo Fernández, Fernán Esteban Cárde­no, vs. y ests.—Fernán Esteban Cárdeno. (fol. 717  r.).


Jaime Joven en el Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)

Como hemos visto anteriormente cuando se produjo el asentamiento europeo en Aguere (La Laguna, el Adelantado designaba entre sus parientes y hombres de confianza los regidores y alcaldes que irían a constituir el Cabildo (de Capititulum, derivado a su vez de Capite: cabeza) de la nueva población colonial.

Su estructura y composición fue semejante a la que tuvieron los Cabildos de España; pero sus atribuciones variaron y también su importancia política, debido a las condiciones especiales que tuvo la sociedad colonial.

En efecto, a partir del siglo XVI, y dependiendo del desarrollo del comercio, se inicia el ascenso social de los mercaderes, ya que la sociedad colonial terrateniente con ínfulas nobiliaria pero totalmente carentes de capitales propios se veían obligadas a recurrir a los comerciantes-prestamistas, no sólo para dar salida a sus cosechas, sino que en ocasiones las hipotecaban por adelantado en uno o varios años, por consiguiente el verdadero poder estaba en manos de los despreciados pero imprescindibles comerciantes.

En este estado de cosas el colono Jaime Joven decide tomar parte en la vida política de la colonia y se hace nombrar por su sempiterno deudor el Adelantado Alonso Fernández de Lugo,  Regidor de la incipiente ciudad, no sin las aireadas protestas de algunos regidores las cuales fueron acalladas por la habitual actitud dictatorial del Adelantado y sus seguidores.

La primera mención cabildicia a Jaime Joven está recogida en la reunión del Cabildo colonial de 11 de mayo de 1509:  Sobre el remate de la agua que viene a la plaza acordóse que por no hallarse quien dé más, que se remate en Jaime Joven. [AImargen] “Agua de los caños”.

En Cabildo de 14 de marzo de 1511: “Jaime Joven pide sobre pesar de cierto ganado… Juan de Zamora dijo que, con las condiciones que Francisco Peres y precio que     puso a la carnecería y se obligó a dar carne en esta villa, él pone la dicha carnecería y se obliga, de la forma siguiente:

Primeramente donde dice Francisco Peres que dará cada día dos carneros, que él se obliga a dar tres carneros.Otrosí donde dice que se den al vecino criador dos días, que él les da un día más para que pese el criador, martes, miércoles y jueves.

Otrosí que todos los domingos y fiestas dará dos reses vacunas. Iten que de Pascua florida a Pascua de cuaresma dará cada sábado una ternera.

Los Señores recibieron la dicha postura y que traiga fianzas; y acordaron que el carnicero lo pese a los vecinos y el ganado que saliere de la isla lo tome por el tanto. Dio por fiador a Jaime Joven, vecino, presente. Dicho Juan de Zamora y Jaime Joven de mancomún se obligaron etc. Firmado=Juan de Camora=Jaime Joven

En Cabildo de 9 de mayo de 1511, entre otros temas se trató: “Gonzalo Martín, carnicero, pide licencia para que corte a los vecinos. Dijeron que el carnicero que Jaime Joven tiene pueda pesar a los vecinos, porque si el señor vecino con el dicho Gonzalo o con otro carnicero quisiera pesar, que lo pueda hacer libremente.”

Por fin en sesión del Cabildo colonial de fecha 1 de septiembre de 1512, con asistencia de: El Sr. Ad., el Ldo. Lebrón; B. Benites, Valdés, Gallinato, Lugo, Castellano,]. Benites, Corvalán, Regs; Las Hijas, Fiel; Albornoz, Pers., ante Vallejo.

El Sr. Ad. dixo que usando del poder que tiene de sus Altesas e a la costunbre que a tenido en el elegir e crear regidores, que por cuanto Lope Fernandes e Fernando de Trugillo que lo heran son fallescidos y Sancho de Vargas no estava en esta isla e se avía ido della mucho tienpo avía e bivía en Lanzarote, por quya cabsa los dhos. tres regimientos estavan vacos, en lugar de los quales acordava de meter e dar los dhos. regimientos a Antón Galindes, Gonzalo Muñoz, Jaime Joven, vezinos e conquistadores que heran desta dha. isla, por ser como heran personas honradasábiles e suficientes para tener el dho. cargo, por tanto que les dava e dio en nonbre de la Reina nuestra señora, por virtud del poder que tiene, en la mejor forma e ma­nera que de derecho avía lugar los dhos. tres regimientos e por tales regidores los nonbrava e nonbró para que usasen exercitasen los dhos. oficios de regidores, en­trando en los cabildos, en los quales || puedan razonar, platicar e votar en todasaquellas cosas que de derecho en tal caso se requieren y especialmente en aquellas cosas tocantes al servicio de Dios y de la Reina nuestra señora e bien .e pro e buen regimiento de la dha. isla. E si nescesario hera les dava poder para ello, en lo qual según por sus oficios pueden e les es anexo gozen de las franquezas, livertades eimunidades, que gozan e pueden gozar los otros regidores, e mandó a la Justicia e Regimiento desta dha. isla, en nonbre de su Alteza, que los reciba en su Cabildo e Ayuntamiento e reciba dellos y de cada uno dellos juramento según en tal caso se requiere, para usar de los dhos. oficios.”

E luego el Ldo. C. Lebrón, Teniente de Governador destas islas de Tenerife e de la Palma, dixo que este negocio de elegir de regidores que no pertenesce al Sr. Ad. ni al Cabildo e caso que lo fuese ques cabildo istrahordinario y que no están aquí todos los regidores e que faltavan muchos dellos e que por tanto no se devía hazer, así por esto como por que el elegir de regidores pertenesce a la Reina N. S. e que si Su Señoría tiene poder que él los elija conforme al poder que tiene, quanto más que hay honze regidores e un alguazil mayor con voto de regidor e un fiel y esecutor con voto de regidor, que son treze, los quales según su calidad e suficien­cia bastan para regir a Sevilla; e quen lo demás no conviene.”

“E luego el dho. Sr. Ad. dixo que puesto queste cabildo no sea de los ordina­rios ques por la brevedad de su partida e ques servicio de la Reina N. S. que quede el dho., número. Por tanto que no a lugar qualquier cosa que sobre esto se diga por razón quél tiene poder para criallos y por su Alteza no me es revocado y assí por esto como por ser personas aviles e fueron en conquistar esta dha. isla, que todavía dezía que lo sean e se reciban en nonbre de su Alteza, según dho. es.”—“E luego el dho. Sr. Ldo. dixo que dize lo que dho. tiene e que cobstándole el poder que Su Señoría dize que tiene, a más de lo susodho., que se haga lo que más sea servicio de su Alteza e que por lo dicho no le paresce que se deven rescibir. || —E luego dho. Sr. Ad. dixo que dice lo que dho. tiene, usando del poder e posesión e que aquello manda que se haga.—E luego por mandado del Sr. Ad. fueron llamados al dho. cabildo los dhos. Gonzalo Muñoz e Antón Qalindes e Jaime Joven, los qualesseyendo venidos e presentes seyendo por mandado del dho. Sr. Ad. fue rescibidos dellos la solenidad del juramento que se requiere en tal caso.—E luego el dho. Sr. Ldo. dixo que dize lo que dho. tiene e que contradezía el rescibimiento de los dhos. Antón Galindes e G. Muñoz e J. Joven por regidores con protestación de lo dar más en forma.—E luego el dho. Sr. Ad. dixo que mandava e mandó al dho. Ldo. que no locontradixese por quanto él no tenía voto alguno, pues hera su teniente.—E luego el dho. Sr. Ldo. dixo que lo oye e que él lo responderá, que él hera su teniente por mandado de su Alteza e por virtud de sus poderes e conforme a ellos se ha de hacer, que él responderá.—E luego el dho. Sr. Ad. dixo dize e manda lo mandado.”

Cabildo, viernes 1 de abril de 1513…”Se platicó sobre razón que esta isla está desarmada y que convenía proveer en ello y que en esta villa Jaime Joven, mercador tiene cierta cantidad de corazas, que se debían de tomar quince pares para la isla, que fuesen pagadas de los propios y las demás que se repartan entre los vecinos y para verlas, hacer el precio y repar­tirlas se diputó a Vergara y Gallinato.

Se platicó sobre cien lanzas que dicen que están en el puerto y ciento y cin­cuenta que se han de traer. Acordóse que se tomen y repartan y que para ello se hayan de depositar en poder de una persona y si necesario se traigan.a la casa del Cabildo o casa de Jaime Joven para que de allí se haga lo susodicho.”

Cabildo, sesión del 9 de diciembre de 1513: “Pareció Jaime Joven, vecino, en nombre y como procurador de Juan Márquez, escribano de su Alteza, y notificó al Sr. Ad. y señores una carta y provisión de su Alteza, por la cual hace merced al dicho Márquez del oficio de escribaníapor fin y muerte y vacación de S. Páez. Otrosí presentó un poder de Márquez y escrito de requerimiento.

El Sr. Ad. por sí y en nombre de todos la besó y puso sobre su cabeza y dijo que está presto a obedecer y también a cumplir el mandado de su Alteza. Y luego, sobre el cumplimiento, fue votado en esta guisa:

Vergara dijo que se cumpla lo que manda su Alteza y lo mismo votan Castellano, Las Hijas y Juan Benites.

Fonte dijo que, atento que Alonso de Llerena ha presentado un escrito de con­tradicción, el cual relata este Juan Márquez ser de corona y demás de esto dice que este oficio de escribanía ha sido otorgado por cierto precio, lo que ofrece primera­mente de proballo, que se debe tomar la prueba; y demás de esto que hace saber a su Alteza cómo esta isla tiene privillejo para el Cabildo elegir, que este fue elegido por el Cabildo, el cual privilegio se ganó a suplicación del Sr. Ad., que fue por pro­curador de esta isla enviado P. de Vergara, al cual por los gastos que hizo, pagó esta isla cincuenta mil mrs. y más. Su parecer es que en cuanto al cumplimiento se debesuplicar…. El Sr. Ad. mandó dar la posesión al dicho Jaime Joven, en nombre del dicho J. Márquez y que se le reciba la solemnidad del juramento.

Luego J. Joven prestó el  juramento en la forma debida.

Luego el Sr. Ldo. dijo que dice lo que dicho tiene y requiere al Sr. Ad. lo que requerido le tiene a J. Joven y manda al Alg. m. cumpla, con los di­chos regidores, lo que le ha mandado.”y conforme a la provisión con que el dicho Sr. Ldo. fue recibido.

El Sr. Ad. mandó lo mandado, pues que así es la voluntad de su Alteza, dán­dole la posesión del dicho oficio.

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