TACORONTE: MISCELANEA PARA UNA HISTORIA
DEL MUNICIPIO
BREVES DATOS HISTÓRICOS Y
BIOGRAFICOS DE ALGUNOS DE LOS COLONOS
Eduardo Pedro
García Rodríguez
Lope Gallego:
366-24.-Lope Gallego. Un ferido abajo del q. esta hecho e del otro
lado del barranco contra Acentejo 50
f. 5-VII-1503,
920-34.-Lope Gallego. Unas tas. q. fueron de Lorenzo de Alcalam de
s, q. son 3.. yendo del ingenio q. hace agora Bartolomé Benitez hacia la monta
debajo debajo de un pino con monyolera
y unas cuevas q. están entre mis tas. e las que fueron de Padilla el Auchón del Rey con sus entradas e
salidas. 2-VII-2507.
924-38.-Lope Gallego. 4 c. de ta. monte para sembrar del camino
para arriba donde estan unos dragos grandes como van para Acentejo antes q. lleguen a
las tas. de Galvan contra Taoro e
2c. en descendiendo de Acentejo para
el Aorotava del camino de la ladera
para abajo arriba bajando contra los almacigos de la otra parte del barranco q.
es do tiene las colmenas Antón de la Sierra. Q. digo vos lo do por cuanto vos os
desistis de 50 f. q. vos ove dado y q. vos
toman para dehesa. 15-I-1506.
925-39.-Lope Gallego. 2 f. en las cabezadas de los cañaverales
arriba de una suerte de Diego de Torres y de otra q. tiene el dho. L.G. cabe un
majuelo q. tiene más un solar q. esta debajo de otro q. hace Juan Bras con una
f. ta. de s. 7-XII-1503.
927-41.-Lope Gallego. 3 c. d aquel cabo del barranco donde esta
unas canales de drago por donde pasa el agua e mas un ferido de molino q. cay
dentro de las tas. 7-.II- 1503.
1.359-xxxiij.-Lope Gallego,vº. Un herido para un molino de moler
pan q. es en la cabezada de un majuelo q, vos teneis puesto el el Arautava. Q. digo vos do en dho.
asiento. 6-VII-1505.
Lope Gallego en los
protocolos de Hernán Guerra 1510-1511
Ante Hernán Guerra, folio 332 r., con fecha 19 de agosto de 1510
Lope Gallego compra a Francisco Serrano vº., 3 fs. de tierra de regadío con su
agua en La Orotava, que eran de
Juan de Lorca, el platero. El precio de la tierra es 6.000 nrs. De la moneda de
Tenerife. Ts.: Lope de Carvallar y Diego Amarillo, vº y est.-Lope de Carvallar.
1510 septiembre 12, ante Hernán Guerra al folio 349 r. Francisco
Díaz vende a Lope Gallego un esclavo blanco, llamado Juan Granada, por precio
de 130 fs. de trigo. Francisco Díaz declara que el esclavo no tiene tacha ni
dolencia, ni es ladrón ni borracho ni fugitivo. Ts.: Fernando Esteban y Sancho
de Camino. Ests.-Francisco Díaz.
Actúa como testigo en una escritura de poder general extendida por
Constantin Coronado a favor de Juan Pinto, vº. de La Gomera,
ausente, ante Hernán Guerra con fecha 22 de octubre de 1510, al folio 343 r.
1513 septiembre 3. Fol. 550 r. Lope Gallego vº. otorga poder
general a Alonso Manuel, pr. de c. Ts.: Pero Martín de la Rosa, Pero Alonso Sánchez y
Fernán Esteban Cárdenas.-Lope Gallego.
Ante Hernán Guerra, a 19 de octubre de 1511, folio 624 r., Diego
de Mendieta dice que Lope Gallego a de pagar a Juan Valiente y a Marcos Franco
en su nombre 1.400 mrs. po ciertas albarradas que Juan Valiente dice haber hecho
a Lope Gallego. Ts.: Alonso Lopez y Fernan Esteban Cárdeno.-Diego de Mendieta.
1511 octubre 23, folio 608 r. Ante Hernán Guerra, Lope Gallego
vº., otorga poder general a Alonso Lopez, ests. Ts,: Fernán Esteban Cárdeno y
Andrés de Luna.
En 1506 a 3 de noviembre en nombrado por el Cabildo colonial
diputado para Taoro de Araotava Lope Gallego, “en pan e carne
e medidas e pesos y en todas las cosas que debe entender para lo denunciar a la
justicia lo que más hisiere que entyenda; diéropnle poder”.
Esta es toda la información que hemos podido recabar de este
colono, posiblemente fue un labrador y molinero bien situado, pero vetado en
cuanto a un intento de escalada social dentro de la sociedad colonial de su
tiempo, a pesar de sus contactos con el Cabildo colonial.
Jaime Joven:
Este colono desarrollo una política efectiva de acaparamiento de
tierras en la Isla,
indudablemente con la aquiescencia de Alonso de Lugo a quien con toda seguridad
ayudó en sus más que frecuentes penurias económicas. Además de las de Acentejo consiguió diversas datas en
diferentes lugares.
Sobre el mes de mayo de 1496, parte Alonso de
Lugo para Almazán con el séquito de los conquistadores Francisco Gorvalán,
sevillano, Mateo Viña, genovés, Jerónimo de Valdés, sevillano y sobrino de
Alonso, y Jaime Joven, barcelonés, junto a 7 menceyes de Tenerife. Su llegada a
la Corte de los
Reyes Católicos se produce en los primeros días del mes de junio. Los menceyes
se bautizan en el seno de la corte, en la iglesia de San Miguel de Almazán, la más
cercana al Palacio de los Mendoza.
Datas:
Unos canarios y Jayme Jovén. Yo por la presente he por bueno q. 6 c. de ta. de s.
q. yo di a unos canarios naturales de la isla de la Gran Canaria ,
q. son entre montañetas de Sentejo
jara (?) 15-V-99 q. vos J. J. les habéis comprado q. yo el dho. Adelantado lo
he por bueno y puesto q. fasta agora no las hayan aprovechado como eran
obligados por los pregones q. por mi mandado se hayan apregonado, y puesto q.
lo hayan fecho yo he por buena la dha. venta. 6-XII-1516. IX-I1-1567 presentolo
el Ldo. Juan Ximénez Gallinato, regidor.
Jayme
Jouen. 100 f. en el término de Tacoronte,
q. han de ser después de haber
tomado Guillen Castellano y el bachiller
Pedro de Valdés, vs. y regidores desta isla. Otrosí mando a los regidores por mí para ello diputados, q. son
Lope Fernández y Guillen
Castellano, q. vos señalen las dhas. 100 f . de trigo. [Añade a la prelación a Lope Fernández y luego q.
den a vos el dho. J. J. El Adelantado.
10-X-1503. Reverso: “Nos los dhos. repartidores señalamos a vos J. J. e vos metemos en posesión de
las tas. contenidas en este alvalá
del Sr. Adelantado, en el término de Tacoronte, linde
con tas. de Mycolás Alvares e tas. de Leonel de Cavantes”]: “Jayme Joven. 15 f . en La Laguna, debajo de las
tas. de Alcarás. 15-X-1503.·
“Jayme Joven, Antón de Vallejo, escribano público
y del concejo e Antón de los
Olivos. Un agua q. es en Adexe q.
decien-de de la montaña q. se dice en
lengua de Tenerife Tavzo y el
agua se llama bajo de la dha.
montaña de Tavzo, en la dha.
lengua Guayeje
con todas sus entradas e salidas e usos e costumbres. Q. digo con condición q. seáis obligados a hacer
un ingenio de agua o de bestias.
1-II-1504. [Dorso]: Digo yo el Adelantado don Alonso Fernandes de Lugo q. por cuanto en el agua de Tauzo desta otra parte no hay cantidad para hacer engenio
de agua ni de bestias y en caso
q. lo haya no lo queriendo hacer, sea la dha. agua para q. della os aprovechéis vosotros los dhos A.
de V. A. de los O., J. J. en hacer unas guertas e otras cosas ... e
más vos do en repartimiento toda
la ta. q. la dha. agua pudiere aprovechar la mejor e más cercana... pues es
ennoblecimiento desta isla. Digo q. vos do para q. hagáis viña o huertas cada 10 f .... con
cargo q. no lo podáis vender a ningún
regidor y vendiéndolas las hayáis perdido. 30-X- 15.”
“Jayme Joven. 100 f . en las cabecadas de Tacoronte ... y si no las oviere q. las podáis tomar allí mismo en la montaña de mi fuente a la parte otra del camino. Digo a
los repartidores den otras 50 f. cumplimiento a 100 en las dhas.
cabecadas de Juan Delgado o de Ferrandes de las Islas. 10-X-1504. Un hijo de
este pesonaje también fue datado en Acentejo: “Jayme Joven, hijo de Jayme Joven. 50 f. de s. al barranco del Aforcado, q. está pasadas las
montañetas a la mano esquierda andando
por el camino de Tahoro hacia la montaña. 12-XI- 1513.”.
En esta isla Chinech (Tenerife) en los inicios de la colonización
el comercio de esclavos y azucares proporcionaban importantes ingresos
económicos para los invasores más poderosos. Los deseos de reproducir los modo
de vida de castilla en la colonia y las apetencias de muchos de los invasores
de acceder al estado de nobleza, por una parte, por otra, los guanches son
obligados a vestir conforme la moda castellana, todo lo ello incitaba al lujo y
obliga a gastar más de lo que se ganaba, forzando a la gente a tomar prestado y
a contraer deudas.
El desarrollo extraordinario de los juros y censos es una de
tantas manifestaciones de una economía y una sociedad que han entrado en la
fase monetaria. El que dispone de dinero (mercaderes, letrados, conventos...)
lo presta con interés; el que lo necesita compra censos, es decir se endeuda.
Ello produjo un desprecio por el comercio y una gran ansiedad por
integrarse en la nueva sociedad colonial en la que la pauta era
marcada por la aristocracia terrateniente tanto guanche como
europea, quienes sustentaban la convicción de que el trabajo era
degradante, esta situación era un imán para los mercaderes quienes además
ejercían de prestamistas cobrando intereses usureros amparados bajo ficticios
contratos mercantiles o bajo el silogismo “por hacer buena obra”.
En estas circunstancias desarrolló su labor mercantilista el
colono Jaime Joven, logrando amasar una considerable fortuna (y un gran
acaparamiento de tierras) además de un asenso social en la colonia como
tendremos oportunidad de ver. Como muestra de la actividad desarrollada por
este personaje veamos algunos documentos generados en la escribanía de Hernán
Guerra, según los extractos (1510-1511) publicados por el investigador Fernando
Clavijo Hernández, no dudando que existen protocolos generados por
Jaime Joven en otras fechas y en otras escribanías de la época:
“9 de agosto de 1510, Diego de Ibaute,[2] v°., reconoce deber a Jaime Joven,
mercader, 1.250 mrs. por paño que le
compró. Los pagará en dineros de contado por todo el mes de enero de 1511. Ts.: Alonso López y Lope
de Carvallar.—Lope de Carvallar. (fol. 375 r.): “12 de agosto de 1510, Pedro Isasaga, v°., reconoce
deber a Jaime Joven, mercader, 60
arrobas de azúcar, blanco y lealdado, por 30 arrobas que le debía, más otras 30 que paga por Juan de Berres, de
remates de cuentas que éste
debía a Jaime Joven. Las pagará a fin del mesde abril de 1511, puestas en un ingenio de la isla de Gran
Canaria, que es en El Palmital o
en Moya. Ts.: Lope de Aguirre y Pero de Goycoría, vs. y ests.—Isasaga.” (fol. 379 r.): “1510,
septiembre, 1: Juan Gómez y Juan León
dan poder especial a García Páez para lo de Jaime Joven. Ts.: Alonso de Alcaraz y Fernán Esteban.—Sinfirma.” (fol.
320 v.): “En 19 de septiembre
de 1510, Pedro Picar, v°.,
reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 4.028 mrs. por ropa que le compró, a pagar en dineros de
contado, la mitad por el día de
Navidad que viene, y la otra mitad por Pascua Florida de 1511. Ts.: Juan Galán y Alonso
López.—Alonso López. (fol. 411 r.): 24 de agosto de 1510, Tomás de Morales reconoce
deber a Jaime Joven, mercader, 3.500
mrs. de la moneda de Tenerife por ropa que le compró. Los pagará en dineros de contado o en tanto trigo, al
precio que valiere, por el día de
San Juan de junio de 1511. Se obliga a dar otros 500 mrs. al dicho precio, de manera que son 4.000
mrs. Ts.t Alonso López y Fernán
Esteban.—Sin firma. (fol. 414 r.): Septiembre 28 de 1510, Martín Ponce, v°., reconoce
deber a Jaime Joven, mercader, v°., 5.500 mrs. de esta moneda de Tenerife por
ropa que le compró; los pagará en
dineros de contado o en tanto trigo, en el mes de mayo de 1511, a como valiere. Ts.: Fernán
Martín de Espinar y Fernán Esteban
Cárdeno.—Fernán Esteban Cárdeno. (fol.
425 r.).
5 de octubre de 1510: “Fernando de Torres reconoce deber a Jaime
Joven, mercader, 6.312 mrs. por ropa
que le compró. Los pagará en dineros de contado o en tanto azúcar blanco, puesta en esta villa de San Cristóbal, en el mes de mayo de 1511. Ts.: Antón de los
Olivos y Fernán Esteban
Cárdeno.—Hernando de Torres. (fol. 433 r.): 16 de octubre de 1510: Jaime Joven, mercader,
otorga poder general a Jácome Catano, mercader. Ts.:Fernán Esteban y Gonzalo Díaz.—Jaime Joven.” (fol. 339 v.): “1510, noviembre, 22: Ruy Blas, cura de San Pedro,
v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader,
14.750 mrs. de la moneda de Tenerife por las cuentashechas entre ellos y Francisco de Florencia, hasta
el día de la fecha. Se obliga a pagar en dineros de contado por todo el
mes de enero de 1511. Ts.: Juan
de Ortega y su hermano Cristóbal de Ortega, vs.—Ruy Blas.”( fol. 552 r.): “ 1 de diciembre de 1510, El bachiller Juan
Fernández de Anaya otorga poder general a Jaime Joven, mercader. Ts.: Juan Vaca, Francisco Jiménez, barbero, ests.—El bachiller Anaya.” (fol. 702 v.): “1510, octubre, 22: Rodrigo
de Jaén y Ruy Jiménez de Becerril reconocen deber a Jaime Joven, mercader, 3.000 mrs. de la moneda de
Tenerife por ropa que le
compraron. Los pagarán en dineros de contado en el mes de enero de 1511. Ts.: Diego Amarillo y
Fernán Esteban.— Ruy Jiménez de
Becerril.” (fol. 449 r.) “1510, noviembre, 13: Pero Coello, herrador, v°., reconoce deber a Jaime
Joven, mercader, 3.000 mrs. de la moneda de Tenerife por ropa que le
compró. Los pagará, en dineros
de contado o en tanto azúcar, a final del mes de enero de 1511. Ts.: Francisco Jiménez, Alonso de Aroche y Fernán Esteban Cárdeno.—Pero Coello.” (fol. 541 r.): “ 2 de diciembre de 1510, Pedro Álvarez, almocrebe, reconoce deber a
Jaime Joven, mercader, 2.340 mrs. por resto del valor de 2 asnos que le
vendió Francisco Florencia en su nombre, a
pagar en los 20 primeros díassiguientes.
Ts.: Alonso Martín de Villamiel y Fernán Esteban Cárdeno.—Fernán Esteban Cárdeno.”(fol. 617 r.).
Con fecha 3 de diciembre de 1510, Fernando de Castro, v°., reconoce deber a Jaime
Joven, mercader, 4.627 mrs. por resto
de cuentas, que tiene con Jaime Joven y Rafael Ponte, hasta el día de la fecha, a pagar en dineros de contado a finales del mes de enero de 1511. Ts.:
Cristóbal Carrasco y Fernán
Esteban.—Fernando de Castro. (fol.
618 r.): 1511, enero, 8: Juan
González, est., reconoce deber a Jaime Joven, mercader. v°., 1.000 mrs. de la moneda de Tenerife por un
asno que le compró. Los pagará en
dineros de contado a final del mes de febrero del año de la fecha. Ts.: Francisco Jiménez y Alonso Donaire.— Sin firma. (fol. 9 r.)
14 de enero de 1510: Pedro
de Lugo y Francisco de Lugo, vs., en nombre del Adelantado y por ellos mismos, reconocen deber a
Jaime Joven, mercader, 55.000
mrs. por ropa que le compraron. Los pagarán enazúcar blanco, a 300 mrs. la arroba, en el mes de junio,
en el ingenio de El Realejo.
Además le deben otros 8.000 mrs. que también se obligan en nombre de
Adelantado. Pedro de Lugo y Francisco de Lugo se obligan a pagar a Jaime Joven
3.409 mrs. por Hernán Guerra, esc.
púb., resto de ciertos mrs. que le debían por donFernando, los cuales se obligan a pagar. Ts.: Juan de Zamora, Alonso
Manuel, Andrés Suárez y Diego Fernández.—Francisco de Lugo y Pedro de Lugo. (fol. 21 r.) 1511, enero, 18: Diego de
Godoy, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 13 doblas de oro por un
caballo que le compró, a pagar desde hoy en un año. Hipoteca el caballo y unas casas que están en esta villa de San Cristóbal, que lindan con Diego
Martín de Olvera. Ts.: Alonso
Fernández de la Fuente,
Diego Ortiz, patrón.—Martín Sánchez,
herrador.( fol. 29 r.): 1511, enero, 21: Diego Ortiz, patrón, v°., otorga poder especial a
Jaime Joven, mercader, para
cobrar los mrs. y azúcares que serán para Jaime Joven. Son, de la cuenta de Antón de Libio, 20
arrobas de azúcar, de Batista
Bairola 6.480 mrs. y de García de Trujillo 2.350 mrs. Ts.: Fernán Esteban y Manuel de Gibraleón.—Diego Ortiz,
el patrón. (fol. 421 r.): El 21
de enero de 1510, El bachiller
Alonso de Belmente, v°., reconoce deber a Juan Romano, mercader, 175 arrobas de azúcar blanco por
ropa que le compró. Las pagará en
uno de los ingenios de esta isla o de la de Gran Canaria, en donde más quisiere, a final del mes de marzo de 1512. Ts.: Guiraldo Flamenco y Cristóbal de
Briones.—El bachiller Alonso de
Belmente. (fol. 32 r.): 22 de enero de 1511:Andrés de Güímar, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 3.030 mrs. de la moneda de Tenerife por ropa
que le compró, a pagar en
dineros de contado, por el día de San Juan de Ts.: Juan de Zamora y Fernán Esteban
Cárdeno.—Sin firma.( fol. 35
r.): El 23 de enero de 1511, Miguel de Güímar, natural, reconoce deber a Jaime, mercader, 2.500 mrs. de la moneda de Tenerife por
ropa c compró, a pagar en dineros
de contado, en mayo. Adem obliga
a pagar a Jaime Joven otros 706 mrs. en el mism zo. Ts.: Mateo Viña, Alonso López, Juan
23 de enero de 1511: Gaspar Fernández, natural, reconoce deber a
Jaime Joven mercader, 5.170 mrs. por ropa
que le compró, a pagar en dineros de contado y no en otra cosa: 25 de enero de 1511, Juan de Almansa, v°., reconoce deber a Jaime Joven,
mercader, 9.469 mrs. por ropa que le
compró, a pagar por San Juan de
junio de este año de la fecha, en dineros de contado y no en otra cosa. Ts.:
Pedro García, chapinero, Fernán Esteban Cárdeno.—Fernán Esteban Cárdeno. (fol.
41 r.): 1511, febrero, 7: Jorge Grimón, v°., reconoce deber a Jaime Joven,
mercader, 3.212 mrs. por ropa
que le compró. Los pagará en dineros de contado o en tanto azúcar, puesto en un ingenio de La Orotova, a 300 mrs. la arroba, en el mes de agosto. Ts.: Juan
Galán y PedroPárraga, vs.—Jorge
Grimón. (fol. 91 r.): En 8
de febrero de 1511, Diego Fernández Amarillo, v°., reconoce
deber a Jaime Joven, mercader, 12.500
mrs. de la moneda de Tenerife por resto de 2 caballos, aparejados, de color morcillo y castaño, que le compró, a pagar en dineros de contado, a mediado de junio.
Hipoteca los 2 caballos y otro
suyo rucio. Ts.: Fernán Esteban Cárdeno, Manuel de Gibraleón, Diego Ortiz, patrón, ... (roto).—Sin firma. (fol. 95 r.): 1511, febrero, 27: Rubín
Rumpiérrez, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 2.146 mrs. por ropa que le compró, a pagar en
dineros de contado, a finales del
mes de abril. Ts.: Alonso Manuel, Juan López y Fernán Esteban.—Fernán Esteban. (fol. 126 r.): 2 de marzo de 1511, Martín Alonso, v°. de Tacoronte, reconoce deber a Jaime Joven 4.100 mrs. por ropa que le compró; los pagará
en dineros de contado, por el
día de San Juan de junio. Ts.: Diego de Gibraleón, Juan Vizcaíno, criado de Mateo Viña.—Sin firma.( fol. 134 r.): 1511, marzo, 10: Luís Álvarez, v°., reconoce deber a Jaime Joven,
mercader, 2.748 mrs. por ropa que le compró, a pagar en dineros de contado, por San Juan de junio. Ts.: Fernán Esteban
Cárdeno ySancho de Omerando, esc. de
las entregas.—Sancho de Ome-rando. (fol. 148 r.).
Pedro Fernández, hijo de Diego Fernández Amarillo, v°., en 18 de marzo
de 1511, reconoce deber a Jaime Joven 1.450
mrs. de la moneda de Tenerife por ropa que le compró; los pagará en dineros de
contado, por el día de San Juan de
junio, primero que viene. Ts.: Juan Galán
y Fernán Esteban Cárdeno.—Pedro Fernández. (fol. 164 r.): 1511, marzo, 24: Ruy Jiménez de Becerril reconoce deber a Jaime
Joven, mercader, 7.500 mrs. de la
moneda de Tenerife por un esclavo que le compró; los pagará a final del mes de agosto, en trigo a100 mrs. la f., puestos en esta villa de San
Cristóbal. Ts.: Alonso Velázquez
y Fernán Esteban.—Ruy de Becerril. (fol.
173 r.): Pedro y Francisco de
Lugo, vs., con fecha 29 de marzo de 1511, reconocen deber a Jaime Joven, mercader, 38.000 mrs. de la moneda de
Tenerife, por ropa y dineros que
recibieron. Las ropas son para la hacienda de San Diego. Se obligan a pagar en dineros de contado o
en tanto azúcar blanco, puesto en el
ingenio de El Realejo o en Icod, en el mes de agosto, primero que viene. Ts.: Fernán Esteban Cárdeno y Juan Galán.—Pedro de Lugo y Francisco de Lugo.( fol. 185 r.): El 8 de mayo de 1511, Pedro Madalena, natural de Gran Canaria, v°., vende
a Juan Romano un esclavo de color
negro, que se llama Roque, de unos 17 años de edad; se lo vende por precio de 13.000 mrs. de la moneda de Tenerife. Ts.: Alonso López, Juan Galán y
Jaime, hijo de Jaime Joven,
mercader, vs. y ests.—Sin firma.( fol.
256 r. (sic):
1511, mayo, 24: Juan
de Zorroza, el Mozo, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 5.500 mrs. de la moneda de Tenerife por
un caballo de color castaño y
calzado de los pies traseros, que le compró, a pagar en dineros de contado y no en otra cosa, en
el mes de noviembre. Ts.: Alonso
López, Jorge Sánchez y Fernán Esteban Cárdeno, vs. y ests.—Juan de Zorroza. (fol. 290 r.): El 23 de junio de 1511, Alonso de Pedraza reconoce deber a Jaime Joven,
mercader, 3.000 mrs. por ropa y
cuentas rematadas hasta el día de la fecha; los pagará en dineros de contado, por el día de San Miguel, o en tanto azúcar blanco, a como valiere, puesto en
esta villa de San Cristóbal. Ts.:
Lope Fernández y Esteban Fernández.—Alonso de Pedraza. (fol. 305 r.): 1511, junio, 25:Pedro de Lugo (tachado). Francisco de Lugo, vs., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 43.489 mrs. por ropa y
dineros que recibió para el
ingenio del Adelantado y su hacienda; los pagará en dineros de contado o en tanta azúcar, blanco y lealdado, a 300 mrs. la arroba, puesta en El Realejo, a
finales del mes de agosto. Ts.:
Juan de Zamora, Alonso de Alcaraz y Juan de Santiago, vs. y ests.—Francisco de Lugo. (fol. 309 r.): El 27 de
junio de 1511, 1.134, Martín Ponce, v°., reconoce deber a Jaime Joven,
mercader, v°., 3.180 mrs. de la
moneda de Tenerife por ropa que le compró; los pagará en dineros de contado y no en otra cosa, en el mes de mayo de 1512. Ts.: Lope de Vallejo, alguacil
mayor de La Palma, y Fernán
Esteban Cárdeno.—Fernán Esteban Cárdeno.( fol. 312 r.)
Con fecha 27 de julio de 1511, Gaspar Fernández, Alonso de Bonilla y Andrés
de Güímar, guanches, reconocen
deber a Jaime Joven 5.160 mrs. por ropa que le compraron; los pagarán en tres tercios, uno por Navidad primera, otro por Pascua Florida de 1512 y el otro
por el día de San Juan de 1512,
en dineros de contado. Ts.: Gonzalo Muñoz y Fernán Esteban.—Sin firma. (fol.
339 r.): 1511, agosto, 7:Juan Afonso, natural, reconoce deber a Jaime Joven
1.670 mrs. que son por ropa que
le compró; pagará en dineros de contado, en esta villa de San Cristóbal, en tres tercios:
uno por Navidad, otro por Pascua
Florida y el último por el día de San Juan de junio de 1512. Ts.: Antón Azate y Fernán Esteban
Cárdeno.—Sin firma. (fol. 348
v.): En contrato de fecha 5 de octubre de 1511, Alonso de Pedraza, v°., reconoce deber a Jaime
Joven, mercader, 13.000 mrs. de la
moneda de Tenerife por 2 contratos ante este esc. Hernán Guerra, por ropas que le compró y de restos de todas las cuentas que han pasado entre ellos
hasta el día de la fecha; le pagará en dineros de contado o en tanto
azúcar, blanco, a precio
convenido, puesto el azúcar en La Orotava. Ts:. Fernando de Fregenal y Alonso
López, vs. y ests.—Alonso de Pedraza.
(fol. 548 r.): Y el 29 de octubre del mismo añoAlonso de Pedraza, v°., reconoce deber a Jaime
Joven, mercader, 4.843 mrs. porque se
los pagó por Fray Francisco, clérigo; ".-e pagará, el primero de noviembre, en dineros de contado.
Ts.: D:ego Amarillo y Fernando
Esteban.—Alonso de Pedraza.( fol.
644 r.): 31 de octubre de 1511, Martín de Jerez y Nicolás de Molina reconocen deber a Jaime Joven, mercader, 4.715 mrs. por ropa que le
compraron; le pagarán en dineros de
contado, a final del mes de marzo de 1512. Ts.: Alonso López y Gonzalo Díaz.—Nicolás de Molina y Martín de Jerez. Orden a Sebastián Páez, esc. púb., para que busque en los registros de Hernán Guerra la carta de Martín de
Jerez y Nicolás de Molina a Jaime Joven. La fecha de la orden es de 16
de abril de 1512. Firma: Antón
de Vallejo y El Ldo.( fol. 648 r.): En 15 de diciembre de 1511, Pero Estévez, v°., debe a Jaime Joven, mercader,
2.250 mrs. porque se los debía a
Jorge Grimón y éste los debía al dicho Jaime Joven de ropa; le pagará en dineros de contado y no en otra cosa, en el mes de junio de 1512. Hipoteca una
esclava negra, tuerta. Ts.: Jerónimo
Fernández, Fernán Esteban Cárdeno, vs.
y ests.—Fernán Esteban Cárdeno. (fol.
717 r.).
Jaime Joven en el Cabildo colonial de Chinech
(Tenerife)
Como hemos visto anteriormente cuando se produjo el asentamiento
europeo en Aguere (La Laguna,
el Adelantado designaba entre sus parientes y hombres de confianza
los regidores y alcaldes que irían a constituir el Cabildo (de
Capititulum, derivado a su vez de Capite: cabeza) de la nueva población
colonial.
Su estructura y composición fue semejante a la que tuvieron los
Cabildos de España; pero sus atribuciones variaron y también su importancia
política, debido a las condiciones especiales que tuvo la sociedad colonial.
En efecto, a
partir del siglo XVI, y dependiendo del desarrollo del comercio, se inicia el
ascenso social de los mercaderes, ya que la sociedad colonial terrateniente con
ínfulas nobiliaria pero totalmente carentes de capitales propios se veían
obligadas a recurrir a los comerciantes-prestamistas, no sólo para dar salida a
sus cosechas, sino que en ocasiones las hipotecaban por adelantado en uno o
varios años, por consiguiente el verdadero poder estaba en manos de los
despreciados pero imprescindibles comerciantes.
En este estado
de cosas el colono Jaime Joven decide tomar parte en la vida política de la
colonia y se hace nombrar por su sempiterno deudor el Adelantado Alonso
Fernández de Lugo, Regidor de la incipiente ciudad, no sin las
aireadas protestas de algunos regidores las cuales fueron acalladas por la
habitual actitud dictatorial del Adelantado y sus seguidores.
La primera mención cabildicia a Jaime Joven está recogida en la
reunión del Cabildo colonial de 11 de mayo de 1509: “Sobre el remate de la agua que viene a
la plaza acordóse que por no hallarse quien dé más, que se remate en Jaime
Joven. [AImargen] “Agua de
los caños”.
En
Cabildo de 14 de marzo de 1511: “Jaime Joven pide sobre pesar de cierto ganado… Juan de
Zamora dijo que, con las condiciones que Francisco Peres y precio
que puso a la
carnecería y se obligó a dar carne en esta villa, él pone la dicha
carnecería y se obliga, de la forma
siguiente:
Primeramente donde dice Francisco Peres que dará cada día dos
carneros, que él se obliga a dar
tres carneros.Otrosí donde dice que se den al vecino criador dos días, que él
les da un día más para que pese
el criador, martes, miércoles y jueves.
Otrosí que todos los domingos y fiestas dará dos reses vacunas. Iten que de Pascua florida a Pascua de cuaresma
dará cada sábado una ternera.
Los
Señores recibieron la dicha postura y que traiga fianzas; y acordaron que
el carnicero lo pese a los vecinos
y el ganado que saliere de la isla lo tome por el tanto. Dio por fiador a Jaime Joven, vecino, presente.
Dicho Juan de Zamora y Jaime Joven de mancomún se obligaron etc. Firmado=Juan de Camora=Jaime Joven
En Cabildo de
9 de mayo de 1511, entre otros temas se
trató: “Gonzalo Martín, carnicero,
pide licencia para que corte a los vecinos. Dijeron que el carnicero que Jaime Joven tiene
pueda pesar a los vecinos, porque si el señor vecino con el dicho Gonzalo o con
otro carnicero quisiera pesar, que lo pueda hacer libremente.”
Por fin en sesión del Cabildo colonial de fecha 1 de septiembre de
1512, con asistencia de: El Sr. Ad., el Ldo. Lebrón; B. Benites, Valdés,
Gallinato, Lugo, Castellano,]. Benites,
Corvalán, Regs; Las Hijas, Fiel; Albornoz, Pers., ante Vallejo.
“El Sr. Ad.
dixo que usando del poder que tiene de sus Altesas e a la costunbre que a tenido en el elegir e crear regidores, que
por cuanto Lope Fernandes e Fernando de
Trugillo que lo heran son fallescidos y Sancho de Vargas no estava en esta isla e se avía ido della mucho tienpo avía e
bivía en Lanzarote, por quya cabsa los
dhos. tres regimientos estavan vacos, en lugar de los quales acordava de
meter e dar los dhos. regimientos a
Antón Galindes, Gonzalo Muñoz, Jaime Joven, vezinos e conquistadores que heran
desta dha. isla, por ser como heran personas honradas( ábiles e suficientes para tener el dho. cargo, por
tanto que les dava e dio en nonbre de la Reina
nuestra señora, por virtud del poder que tiene, en la mejor forma e manera que de derecho avía lugar los dhos. tres
regimientos e por tales regidores los nonbrava
e nonbró para que usasen exercitasen los dhos. oficios de regidores, entrando en los cabildos, en los quales || puedan
razonar, platicar e votar en todasaquellas
cosas que de derecho en tal caso se requieren y especialmente en aquellas cosas tocantes al servicio de Dios y de la Reina nuestra señora e bien
.e pro e buen regimiento de la
dha. isla. E si nescesario hera les dava poder para ello, en lo qual según por sus oficios pueden e les es anexo gozen de
las franquezas, livertades eimunidades, que
gozan e pueden gozar los otros regidores, e mandó a la Justicia e Regimiento desta dha. isla, en nonbre de su Alteza,
que los reciba en su Cabildo e Ayuntamiento
e reciba dellos y de cada uno dellos juramento según en tal caso se requiere, para usar de los dhos. oficios.”
“E luego el
Ldo. C. Lebrón, Teniente de Governador destas islas de Tenerife e de la
Palma, dixo que este negocio de elegir de regidores que no
pertenesce al Sr. Ad. ni al
Cabildo e caso que lo fuese ques cabildo istrahordinario y que no están aquí todos los regidores e que faltavan muchos
dellos e que por tanto no se devía hazer,
así por esto como por que el elegir de regidores pertenesce a la Reina N. S. e que si Su Señoría tiene poder que él los elija
conforme al poder que tiene, quanto más
que hay honze regidores e un alguazil mayor con voto de regidor e un fiel y
esecutor con voto de regidor, que son treze, los quales según su calidad e
suficiencia bastan para regir a
Sevilla; e quen lo demás no conviene.”
“E
luego el dho. Sr. Ad. dixo que puesto queste cabildo no sea de los ordinarios ques por la brevedad de su partida e ques
servicio de la Reina N.
S. que quede el dho., número. Por tanto que no a lugar qualquier cosa que sobre
esto se diga por razón quél tiene poder para criallos y por su Alteza no me es
revocado y assí por esto como por ser
personas aviles e fueron en conquistar esta dha. isla, que todavía dezía que lo sean e se reciban en nonbre de su
Alteza, según dho. es.”—“E luego el
dho. Sr. Ldo. dixo que dize lo que dho. tiene e que cobstándole el poder que
Su Señoría dize que tiene, a más
de lo susodho., que se haga lo que más sea servicio de su Alteza e que por lo
dicho no le paresce que se deven rescibir. || —E luego dho. Sr. Ad. dixo que dice lo que dho. tiene, usando
del poder e posesión e que aquello
manda que se haga.—E luego por mandado del Sr. Ad. fueron llamados al dho. cabildo los dhos. Gonzalo Muñoz e Antón
Qalindes e Jaime Joven, los qualesseyendo
venidos e presentes seyendo por mandado del dho. Sr. Ad. fue rescibidos dellos
la solenidad del juramento que se requiere en tal caso.—E luego el dho.
Sr. Ldo. dixo que dize lo que dho.
tiene e que contradezía el rescibimiento de los dhos. Antón Galindes e G. Muñoz e J. Joven por regidores
con protestación de lo dar más en forma.—E luego el dho. Sr. Ad.
dixo que mandava e mandó al dho. Ldo. que no locontradixese por quanto él no tenía voto alguno, pues hera su teniente.—E
luego el dho. Sr. Ldo. dixo que
lo oye e que él lo responderá, que él hera su teniente por mandado de su Alteza e por virtud de sus poderes e
conforme a ellos se ha de hacer, que
él responderá.—E luego el dho. Sr. Ad. dixo dize e manda lo mandado.”
Cabildo, viernes 1 de abril de 1513…”Se
platicó sobre razón que esta isla está desarmada y que convenía proveer en ello
y que en esta villa Jaime Joven, mercador tiene cierta cantidad de corazas,
que se debían de tomar quince pares
para la isla, que fuesen pagadas de los propios y las demás que se repartan entre los vecinos y para
verlas, hacer el precio y repartirlas se
diputó a Vergara y Gallinato.
Se
platicó sobre cien lanzas que dicen que están en el puerto y ciento y cincuenta que se han de traer. Acordóse que se tomen y
repartan y que para ello se hayan de
depositar en poder de una persona y si necesario se traigan.a la casa del Cabildo o casa de Jaime Joven para que de allí se
haga lo susodicho.”
Cabildo, sesión del 9 de diciembre de 1513: “Pareció Jaime Joven, vecino,
en nombre y como procurador de Juan Márquez, escribano de su Alteza, y notificó al Sr. Ad. y señores una carta y
provisión de su Alteza, por la cual hace merced al dicho
Márquez del oficio de escribanía, por fin y muerte y vacación de S. Páez. Otrosí presentó un
poder de Márquez y escrito de requerimiento.
El
Sr. Ad. por sí y en nombre de todos la besó y puso sobre su cabeza y dijo que está presto a obedecer y también a cumplir el
mandado de su Alteza. Y luego, sobre el
cumplimiento, fue votado en esta guisa:
Vergara dijo que se cumpla lo que manda su Alteza y lo mismo votan
Castellano, Las Hijas y Juan Benites.
Fonte dijo que, atento que Alonso de Llerena ha presentado un escrito
de contradicción, el cual relata este
Juan Márquez ser de corona y demás de esto dice que este oficio de escribanía ha sido otorgado por
cierto precio, lo que ofrece primeramente de proballo, que se debe tomar la prueba; y
demás de esto que hace saber a su Alteza
cómo esta isla tiene privillejo para el Cabildo elegir, que este
fue elegido por el Cabildo, el cual
privilegio se ganó a suplicación del Sr. Ad., que fue por procurador de esta isla enviado P. de Vergara, al cual
por los gastos que hizo, pagó esta isla cincuenta mil mrs. y más. Su parecer es que en cuanto al cumplimiento
se debesuplicar…. El
Sr. Ad. mandó dar la posesión al dicho Jaime Joven, en nombre del dicho J.
Márquez y que se le reciba la solemnidad del juramento.
Luego J. Joven prestó el juramento en la forma
debida.
Luego el Sr. Ldo. dijo que dice lo que dicho tiene y requiere al Sr.
Ad. lo que requerido le tiene a J. Joven y manda al Alg. m. cumpla, con los dichos regidores, lo que le ha mandado.”y conforme a la provisión con que el dicho Sr. Ldo.
fue recibido.
El Sr. Ad. mandó lo mandado, pues que así es la voluntad de su Alteza,
dándole la posesión del dicho oficio.
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